Subvenciones para 2023-2024 del Subprograma de Movilidad.

Código de ayuda:

S01091/23

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2022. Orden CNU/692/2019, de 20 de junio.

Plazo de Solicitud:

Desde el 17 de enero de 2023 hasta las 14 horas del 9 de febrero de 2023 (hora peninsular).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar estancias de movilidad de personal docente y/o investigador, en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación. El nº de ayudas previstas es 400 estancias de la Modalidad A y 260 de la Modalidad B.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Universidades ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Personal docente y/o investigador con vinculación funcionarial o contractual, docente o investigadora, con cualquiera de los centros de adscripción que figuran en el artículo 9 de la Orden de convocatoria, para cuya formalización se haya requerido el grado de doctor, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo. Se requiere una vinculación de funcionario de carrera o indefinida para la
Modalidad A y de funcionario interino o contractual, como mínimo hasta la fecha de finalización de la estancia, en caso de la Modalidad B.

Se ha de estar en posesión del título de doctor y haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2011, en caso de Modalidad A, y con posterioridad, en caso de la Modalidad B.

En el caso de solicitantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes o escalas de investigación del CSIC y OPIS, con independencia de la fecha de obtención del grado de doctor, deberán concurrir siempre a la modalidad A.

Requisitos:

No haber realizado estancias en el extranjero, por un período acumulado superior a 6 meses, durante los últimos cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario, salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2019
- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 313
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 313
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