Subvenciones para acciones de la estrategia de ahorro y eficiencia energetica en instalaciones termicas en los edificios (E4+): Plan Renove de Calderas individuales de calefaccion y agua caliente sanitaria.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S41991/10

Norma:

Orden 7/2010 de 24 de junio. Resolución nº 319, de 27 de agosto de 2010. Orden 21/2011, de 28 de marzo. Resolución nº 119, de 18 de abril de 2011. Resolución nº 379, de 20 de diciembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Desde el 1 de enero de 2012 hasta el agotamientodel crédito; en todo caso hasta el 31 de enero de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, de acuerdo con la Orden 7/2010, de 24 de junio, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concesión directa, para acciones de la estrategia de ahorro y eficiencia
energética en instalaciones térmicas en los edificios (E4+): Plan Renove de calderas individuales de calefacción y agua caliente sanitaria.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de cada subvención será del 25% del coste máximo subvencionable, estando
comprendida la inversión subvencionable entre un mínimo de 500 euros y un máximo de 2.500 euros (incluidos los costes de compra e instalación de los equipos). Ninguna de las ayudas podrá superar el coste real de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionables en territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sustitución de instalaciones térmicas por otras más eficientes destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas en edificios existentes.

Las instalaciones térmicas cuya sustitución se subvenciona son:

a) Las calderas de calefacción.

b) Las calderas de calefacción y A.C.S.

c) Los calentadores de A.C.S.

Requisitos:

a) Rendimiento a potencia nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70º C: Rendimiento mayor o igual de 90 + 2 log Pn (donde Pn vendrá expresada en kW).

b) Rendimiento a carga parcial de 0,3 Pn y a una temperatura media del agua en la caldera mayoro igual a 50º C: Rendimiento mayor o igual de 86 + 3 log Pn (donde Pn vendrá expresada en kW).

c) Emisiones de NOx de clase 5, tal y como establece el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones Térmicas en los Edificios y su instrucción técnica complementaria IT 1.3.4.1.3.1.

d) Potencia: comprendida entre 4 y 70 kW.

e) Los aparatos que se pretendan sustituir podrán tener como suministro energético cualquier fuente de energía (gas, gasóleo o electricidad u otros), mientras que el nuevo aparato instalado es preciso que tenga como fuente energética el gas.

f) La inversión subvencionable (sin IVA) estará comprendida entre un mínimo de 500 euros y un máximo de 2.500 euros, considerados los costes del aparato y los costes de su instalación.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 01/09/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 107
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 11/04/2011
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Boletín: 27/04/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 54
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Boletín: 26/12/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 165
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