Subvenciones para acciones específicas en materia de consumo para el ejercicio 2010.
Código de ayuda:
S05855/10Norma:
ORDEN de 30 de diciembre 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/03/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de la concesión de ayudas, en concurrencia competitiva, para financiar losgastos corrientes de aquellas actuaciones concretas y específicas que tiendan a proteger los intereses de los consumidores y usuarios en el ámbito de la Generalitat durante el ejercicio 2010.
Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Asociacionismo y Voluntariado
- Consumo
- Formación
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consejeria de Industria, Comercio e Innovación (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas podrán alcanzar hasta el 100 por cien del importe del presupuesto de la actuación presentado por la entidad peticionaria y aceptado en la resolución de concesión como presupuesto incentivableaprobado, con el límite de que el importe de la ayuda por acción subvencionada no podrá ser superior a:
– Para las actuaciones recogidas en la letra a) del apartado 1 del artículo 3, 35.000 euros.
– Para las actuaciones recogidas en la letra b) del apartado 1 del artículo 3, 60.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los siguientes sujetos, que desarrollen su actividad en al ámbito de la Comunitat Valenciana y no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13,apartados 2 y 3 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS):
– Asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios que se encuentren inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, que hayan cumplimentado todas las obligaciones derivadas de la inscripción de las mismas en el citado Registro.
– Entidades Locales que cuenten con centros permanentes de formación y recursos para la educación del consumidor.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones serán destinadas a financiar las siguientes actuaciones:a) Acciones realizadas por asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios:
a.1) Realización de estudios, proyectos, materiales informativos y otras acciones concretas, especiales y diferenciados de las actuaciones habituales y propias de las entidades beneficiarias, tendentes a mejorar
la protección y seguridad de los intereses de los consumidores y usuarios, a potenciar el consumo responsable, así como a facilitar el acceso de los consumidores y usuarios a la justicia en la defensa de sus intereses individuales, generales y colectivos.
a.2) Acciones de formación en materia de consumo que, como mínimo, tengan una duración de ocho horas lectivas.
a.3) Elaboración y/o edición de materiales didácticos para la educación del consumidor en los distintos niveles educativos.
b) Centros permanentes de formación y recursos para la educación del consumidor de Entidades Locales:
b.1) Gastos de personal y gastos de funcionamiento de los referidos centros.
b.2) Actividades que desarrollen dichos centros.
Documentos asociados
Boletín:
03/02/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6198
Documento: Bases y Convocatoria2010 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6198
Documento: Bases y Convocatoria2010 Descargar Documento