Subvenciones para acontecimientos sociales, culturales y deportivos destinados a la promoción del comercio local y/o de los valores turísticos de la isla de Mallorca para el año 2016.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S32391/16

Norma:

Palma, 9 de agosto de 2016

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de septiembre 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Consell de Mallorca, a través del Departamento de Economía y Hacienda, en el ejercicio de sus competencias y de conformidad con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de subvenciones del año 2016, promueve esta convocatoria pública de subvenciones para fomentar y apoyar proyectos y actividades de iniciativa pública y privada consideradas de interés público local en el ámbito del comercio y del producto
local, así como para organizar eventos culturales y deportivos de gran repercusión e interés turístico.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Comercio
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía inicial para cada línea es la que se detalla a continuación:

Línea 1. Gastos directos corrientes para organizar eventos a cargo de empresas y/o entidades privadas no lucrativas: 50.000,00 euros. Desglosados en 15.000,00 euros para microempresas y 35.000,00 euros para entidades no lucrativas.

El importe máximo subvencionable es de 5.000,00 euros por solicitud y no puede representar más del 80 % del coste total de la actividad subvencionable.

Línea 2. Gastos directos corrientes para organizar eventos a cargo de entidades locales: 100.000,00 euros.

Hay que presentar una solicitud para cada acontecimiento subvencionable, hasta un máximo de dos solicitudes por entidad local. Se subvenciona un máximo de 10.000,00 euros por actuación (IVA incluido) y hasta el 100% del coste total de la actividad. En caso de presentar más de dos solicitudes, el órgano instructor sólo tendrá en cuenta las dos primeras solicitudes presentadas, ya que la tercera y siguientes no se subvencionan, según orden de entrada estricto en el Registro.

Línea 3. Gastos directos de inversión de reposición y de mejora de las instalaciones, de los equipamientos y de los espacios públicos afectados en la organización de eventos feriales y comerciales de interés local y/o turístico a cargo de entidades locales: 100.000,00 euros.

Hay que presentar una solicitud para cada proyecto subvencionable, hasta un máximo de dos solicitudes por entidad local. De manera agregada, el importe máximo subvencionable en esta línea es de 30.000,00 euros (IVA incluido) por entidad y puede representar el 100 % del coste total de la actividad.

Eventualmente, si fuera necesario aplicar un criterio de asignación, la subvención máxima se prorrateará en función del importe solicitado en cada proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Tienen la consideración de beneficiarios de las ayudas:

a) Microempresas, según la Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE, de 6 de mayo, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, DOUE de 20 de mayo de 2003.

b) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

c) Entidades locales de Mallorca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son objeto de subvención las actuaciones ejecutadas entre el 1 de septiembre de 2015 y el 31 de agosto de 2016 (ambos incluidos) por los beneficiarios definidos en la base 6 de la convocatoria, efectuados a precio de mercado que, de manera inequívoca, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Se considera gasto efectuado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del
periodo de justificación.

a) Gastos corrientes (línea 1 y línea 2):

Gastos de personal contratado para llevar a cabo la actividad subvencionada.

Arrendamiento de instalaciones, de equipos, de vehículos o de maquinaria que, expresamente, se hayan contratado para llevar a cabo la actividad subvencionada.

Materiales divulgativos, promocionales y bienes consumibles en general.

Material de protección, seguridad y salud.

Publicidad y propaganda, hasta el límite del 20 % de la subvención.

Energía eléctrica, agua, calefacción, telefonía, internet y otras redes de comunicación hasta el límite del 15 % de la subvención.

Seguros de accidentes, de responsabilidad civil o de vehículos.

Estudios y trabajos técnicos especializados.

Transporte y montaje/desmontaje de instalaciones temporales.

Servicios de limpieza, de vigilancia, de transporte de mercancías y de otros servicios personales.

Tributos locales, excepto el IBI, cuando el beneficiario los abone de manera efectiva.

b) Gastos de inversión (línea 3):

Obras de reforma o de mejora de inmuebles, edificios y espacios de titularidad municipal afectados para llevar a cabo la actividad subvencionada.

Adquisición de bienes de equipo, de software o de instalaciones inventariables municipales, con la finalidad principal de procurar que la actividad subvencionada se lleva a cabo y una vida útil igual o superior a los 3 años. En caso de que sean bienes de segunda mano, se pueden subvencionar si consta una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y se aporta un certificado de tasación independeiente que verifique que el precio de adquisición es inferior al valor de mercado de bienes nuevos similares.

Estudios y trabajos técnicos realizados por terceros que afecten de manera directa a la realización de un proyecto de inversión subvencionable.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 102
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/01/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 7
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento