Subvenciones para actividades no económicas, desarrolladas por entidades del ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana, que fomenten, impulsen y promocionen la cultura emprendedora, para el ejercicio 2025.

Código de ayuda:

S04982/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2025. ORDEN 2/2024, de 29 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es convocar en el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para las actividades no económicas, desarrolladas por entidades del ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana, que fomenten, impulsen y promocionen la cultura emprendedora, dentro de los siguientes programas de ayudas:

a) Programa I: proyectos de formación y mentorización. Este programa consiste en apoyar acciones de formación y mentorización que estimulen la vocación emprendedora, así como la creación y el desarrollo de una idea o proyecto empresarial en sus fases iniciales de definición y evaluación de viabilidad. La mentorización se centrará en el acompañamiento y asesoramiento en la fase de acogida y durante los primeros pasos en la creación del proyecto empresarial. Las actuaciones irán dirigidas a personas emprendedoras portadoras de una idea de negocio.

b) Programa II: actividades de acompañamiento, incubación y aceleración de proyectos empresariales. Este
programa consiste en apoyar la realización de actividades de acompañamiento, incubación y aceleración de proyectos empresariales, incluyendo el acompañamiento durante el desarrollo del plan de negocio, su impulso y la realización de acciones dirigidas a agilizar y consolidar los proyectos de personas emprendedoras. Las actividades irán dirigidas a personas emprendedoras que cuenten con un modelo de negocio y plan de empresa y les permitirán analizar su modelo de negocio y reconocer las palancas de cambio para llevarlas al siguiente nivel, definir estrategias de comunicación e incrementar su empleabilidad y desarrollo profesional.

c) Programa III: actividades de información, sensibilización y difusión. Este programa consiste en apoyar la realización de actividades de información, sensibilización y difusión que fomenten, promocionen y den visibilidad al emprendimiento de la Comunitat Valenciana, generando oportunidades de negocio a las personas emprendedoras. Se incluyen como actuaciones subvencionables la elaboración de estudios, realización de ferias, encuentros y, en general, cualquier tipo de evento que incida en el ecosistema del emprendimiento de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de innovación, industria, comercio y turismo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria las siguientes entidades que realizan actividades vinculadas al fomento del ecosistema emprendedor de la Comunitat Valenciana, con personalidad jurídica propia, que tengan sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana:

– Entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, agrupaciones de entidades, universidades privadas y demás estructuras asociativas sin ánimo de lucro).

– Universidades públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos laborales de personal propio de las entidades beneficiarias en la medida que se acredite su participación directa en el proyecto, incluidos aquellos que se destinen a funciones de coordinación, gestión, supervisión y organización de la actividad. Son gastos subvencionables los costes de personal con contrato laboral de la entidad empleado en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana (retribuciones brutas en nómina y cuotas de la Seguridad Social a cargo de la entidad), en el porcentaje de tiempo que se justifique que se pueda imputar al desarrollo de la actuación subvencionable.

La partida total de coste de personal propio no podrá superar el 40% del importe solicitado. El tope máximo subvencionable de retribución mensual bruta por nómina que se tendrá en cuenta para calcular la subvención es de 4.500 euros, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y otras retribuciones.

b) Colaboraciones externas como consultorías, servicios profesionales, asistencias técnicas. Se incluyen los gastos de tutores o ponentes externos para la realización de las actividades subvencionadas, cuyo valor/hora se ajustará al valor de mercado y será acorde al perfil profesional de la persona mentora o ponente.

c) Desplazamiento y alojamiento de personal propio y externo, con los límites previstos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios.

d) Diseño, maquetación e impresión de material fungible empleado en las actividades. Se incluyen gastos de material didáctico, programas, folletos, señalética, cartelería.

e) Comunicación, difusión y promoción de la actividad. Se incluyen gastos derivados de la adaptación de las actuaciones en formato digital, tales como licencias temporales en plataformas digitales para el desarrollo y dinamización de las actividades, grabación de la actividad, retransmisión en streaming, diseño y elaboración de material audiovisual y otros directamente relacionados con su diseño, desarrollo o ejecución.

f) Alquiler de instalaciones, edificaciones o equipos de terceros requeridos para el desarrollo de las actividades.

g) Gastos derivados de la organización de la actividad (gastos de acondicionamiento de espacios, catering, personal de apoyo, entre otros).

h) Gastos de la auditoría para la elaboración del Informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención por empresa auditora externa, hasta un importe máximo por programa de 600 euros, IVA no incluido.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9800
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Boletín: 06/03/2024
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Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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