Subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
Código de ayuda:
S47700/21Norma:
Real Decreto 263/2019, de 12 de abril. Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre. Resolución de 14 de septiembre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de junio de 2023 o hasta el posible agotamiento de la cuantía económica asignada.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en PYME y granempresa del sector industrial correspondientes a la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales y la implantación de sistemas de gestión energética.
Las ayudas otorgadas en el marco de este Programa serán objeto de cofinanciación con aportaciones del Fondo Nacional de Eficiencia Energética y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo Plurirregional de España, siempre que sean elegibles dentro del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Real decreto 263/2019.
Categorías Subvención
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe económico máximo de esta convocatoria será de 1.504.408,34 eurosBeneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las empresas que tengan la consideración de PYME o gran empresa del sector industrial que se encuentren en la siguiente clasificación nacional de actividades económicas (CNAE) del año 2009.b) Las empresas de servicios energéticos se determinarán según la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser destinatarias últimas de las ayudas, estas empresas actuarán en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado a), lo que se acreditará de acuerdo con lo que dispone esta convocatoria, y se repercutirá en todo caso la ayuda prevista en este programa a la empresa en que se ejecute el proyecto.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:a) Actuación 1: mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
b) Actuación 2: implantación de sistemas de gestión energética.
Documentos asociados
Boletín:
13/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/12/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 310
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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Boletín:
18/09/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín:
18/09/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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