Subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece su convocatoria para el año 2021, que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S02791/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de marzo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto a mejora de la infraestructura turística de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la incentivación para la mejora de las infraestructuras de los establecimientos de alojamiento turístico y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia (TU503A).

En concreto, son actuaciones subvencionables las que se realicen en cualquiera de los siguientes tipos de establecimientos turísticos:

a) Los establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural y albergues turísticos.

b) Las empresas de restauración.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y que hayan autorizado o clasificado, conforme establezca a la normativa turística en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT), el establecimiento turístico para el cual se solicita la ayuda, en base a los artículos 50 y 51 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

En el caso de empresas, deben estar comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme). Se define pyme, según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124, de 20.5.2003), en función de sus efectivos y de su volumen de negocio y de su balance anual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

2. Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de Calidad Turística.

3. Actuaciones destinadas a la adaptación a las modificaciones normativas y a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.

4. Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y embellecimiento del entorno de la instalación.

5. Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento.

6. Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implementación de medidas de ahorro energético, así como la instalación o mejora de sistemas de extracción y renovación del aire.

7. Actuaciones de digitalización de los sistemas de gestión y comercialización del establecimiento.5. Adaptación de los sistemas de seguridad y salud en la prestación de servicios.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 26
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento