Subvenciones para apoyar a las trabajadoras autonomas en situaciones de maternidad, adopcion o acogimiento preadoptivo, durante el año 2008 - modificación.
Código de ayuda:
S75891/07Norma:
Resolución de 27 de diciembre de 2007. RESOLUCION de 4 de diciembre de 2007.Plazo de Solicitud:
En los 30 días naturales siguientes a la finalización del período de 16 semanas de baja por maternidad, adopción o acogimiento.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo arbitrando fórmulas que le permitan disfrutar de permisos por motivos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las autónomas, inscritas en el régimen especial de trabajadores autónomos, que estén radicados y desarrollen una actividad económica en el territorio del Principado de Asturias.No tendrán esta consideración las autónomas colaboradoras y las personas socias de sociedades mercantiles de capital.
Para poder acceder a las ayudas, las solicitantes deberán además reunir los siguientes requisitos:
a) Ser mujer y encontrarse en situación de baja por maternidad, adopción y acogimiento preadoptivo.
b) Hallarse en situación de alta en el impuesto de actividades económicas en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, salvo los supuestos de exención regulados en el artículo 23 de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales.
c) Hallarse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
d) Contratar una persona por cuenta ajena durante dieciséis semanas, que se haga cargo de la explotación o actividad durante el periodo de la baja laboral de la beneficiaria por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.
e) No estar incursa en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y no ser deudora del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ayuda consistirá en una cantidad a tanto alzado cuya cuantía estará destinada a sufragar el coste salarial y las cuotas de la Seguridad Social por todos los conceptos del contrato que efectúen por cuenta ajena para que la persona contratada se haga cargo de la explotación o actividad, durante el periodo dedieciséis semanas de baja laboral de la beneficiaria por maternidad adopción o acogimiento preadoptivo, sin que en ningún caso el importe total de la ayuda pueda superar la cantidad de 3.000 euros.
Requisitos:
La solicitud deberá formalizarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la finalización del período de dieciséis semanas de baja por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.El plazo de presentación de las solicitudes correspondientes a situaciones de baja por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo cuyo período de descanso de dieciséis semanas haya concluido con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria será de treinta días naturales a partir de la publicación de la misma.
La no presentación de la solicitud de la ayuda dentro del plazo previsto en el apartado anterior determinará el decaimiento del derecho a su percibo por parte de la beneficiaria.
Documentos asociados
Boletín:
26/12/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 298
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 298
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
15/02/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 38
Documento: Modificación Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 38
Documento: Modificación Descargar Documento