Subvenciones para asociaciones de comerciantes 2009.

Código de ayuda:

S65837/09

Norma:

Siero, 25 de septiembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones de comerciantes de siero. Las ayudas y subvenciones se otorgarán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como el de eficacia y eficiencia.

Tiene por finalidad el desarrollo de proyectos de promoción comercial, así como para la formación de sus integrantes.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Consumo
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención que puede otorgarse a cada proyecto no podrá exceder del 75% del importe de la inversión a realizar, iVA excluido, y con un límite de 7.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes.

Requisitos:

1.—estar legalmente constituidas como Asociación.

2.—estar inscritas en el registro municipal de Asociaciones y mantener en el registro sus datos actualizados en cumplimiento del art. 17 del Reglamento de Participación Ciudadana o haber solicitado su inscripción a la fecha de presentación de solicitudes.

3.—Carecer de fines de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

4.—Contar con al menos 10 comercios asociados. A los efectos de esta convocatoria, más del 70% de los socios que integren la asociación, deberán tener carácter de comercio minorista. La actividad comercial ejercida en estos establecimientos será la regulada por la Ley 10/2002, de 19 de noviembre, de Comercio interior, del Principado de Asturias.

5.—estar al corriente, en el caso de haber recibido subvenciones de este Ayuntamiento con anterioridad en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión.

6.—estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social y de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de siero.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 242
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento