Subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S15173/13

Norma:

Orden INN/15/2013, de 29 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones, destinadas a asociaciones de comerciantes, y sus federaciones y confederaciones, y cooperativas de detallistas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán alcanzar los siguientes porcentajes del coste de las actuaciones previstas:

- Hasta el 75% del coste de los gastos de las campañas de animación y promoción comercial.

- Hasta el 50% de la inversión para la mejora de sus servicios a través de la red Internet y para las obras de eliminación de barreras.

El importe máximo total de las ayudas para cada entidad benefi ciaria será de 30.000 euros para las federaciones y confederaciones de asociaciones de comerciantes inscritas en la sección tercera del Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, y de 20.000 euros
para las asociaciones de comerciantes inscritas en las secciones primera y segunda de dicho
Registro y las cooperativas de detallistas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes, así como las federaciones y confederaciones de éstas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, con independencia de su régimen jurídico específico.

También podrán acceder a las mismas subvenciones que las asociaciones de comerciantes las cooperativas de detallistas con domicilio social en Cantabria, siempre que se encuentren inscritas en los correspondientes registros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las campañas de animación y promoción comercial.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de benefi ciarios aquellas entidades en quienes
concurran alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 88
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento