Subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S08164/14Norma:
Orden INN/8/2014, de 25 de de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/04/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a asociaciones de comerciantes, y sus federaciones y confederaciones, y cooperativas de detallistas.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Comercio
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán alcanzar los siguientes porcentajesdel coste de las actuaciones previstas:
- Hasta el 75% del coste de los gastos de las campañas de animación y promoción comercial.
- Hasta el 50% de la inversión para la mejora de sus servicios a través de la red Internet y para las obras de eliminación de barreras.
2. El importe máximo total de las ayudas para cada entidad benefi ciaria será de 30.000 € para las federaciones y confederaciones de asociaciones de comerciantes inscritas en la sección
tercera del Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, y de 20.000 € para las
asociaciones de comerciantes inscritas en las secciones primera y segunda de dicho Registro
y las cooperativas de detallistas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de comerciantes, así como las federaciones y confederaciones de éstas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, con independencia de su régimen jurídico específico.También podrán acceder a las mismas subvenciones que las asociaciones de comerciantes las cooperativas de detallistas con domicilio social en Cantabria, siempre que se encuentren
inscritas en los correspondientes registros.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Las campañas de animación y promoción comercial.Solamente serán subvencionables los gastos publicitarios cuando se refieran a alguna de las campañas de animación y promoción subvencionadas y su cuantía estará limitada a un máximo del 30% del total de las actividades e inversiones subvencionables.
Documentos asociados
Boletín:
06/03/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 45
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 45
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento