Subvenciones para asociaciones de padres y madres de alumnos.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S34891/14

Norma:

Santa Margalida, 1 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de septiembre de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Santa Margalida concederá durante el año 2014 a las asociaciones de padres y madres de alumnos de los centros de educación pública del término municipal para financiar su funcionamiento ordinario de participación en la gestión de los centros y colaborar con las actividades y eventos de carácter educativo que organicen y desarrollen en los indicados centros de enseñanza, impulsando la participación de los padres y madres en todo lo que afecta a la educación de sus hijos y en las tareas educativas y de gestión de los centros y redunden en beneficio de los alumnos de los centros de educación de Santa Margalida en los distintos aspectos del ámbito educativo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Margalida (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de subvención será de 2.400,00. - € por solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades y asociaciones legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro y con domicilio social en el término de Santa Margalida que tengan, entre sus finalidades, el objeto de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados del funcionamiento ordinario, así como de las actuaciones y proyectos organizados y ejecutados durante el año 2014 para las entidades relacionadas en la base tercera de esta convocatoria que, de forma indubitada, contribuyan a fomentar la participación y implicación de los padres y madres de los alumnos de los centros de enseñanza de Santa Margarita, siempre que sean necesarias y se hayan abonado antes de la finalización del periodo de justificación.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que se indican en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ordenanza general Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Margalida.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento