Subvenciones para asociaciones y colectivos juveniles del concejo de Gijon/Xixon, año 2009, de la Concejalia de Politicas de Juventud.

Código de ayuda:

S08800/09

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas/subvenciones económicas, mediante concurrencia competitiva, a Asociaciones, Fundaciones y Entidades sin animo de lucro, juveniles o que desarrollen programas para la juventud, o agrupaciones de éstas, del concejo de Gijón/Xixón, para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativo a la juventud durante el año 2009.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global de la presente convocatoria para el ejercicio 2.009 asciende a 76.000 € (setenta y seis mil euros), que se financia con cargo a la partida presupuestaria D52.465.00.489.20 “Otras transferencias. Juventud” del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón correspondiente al ejercicio 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Asociaciones, Fundaciones y Entidades sin animo de lucro, juveniles o que desarrollen programas de interés general para la juventud o agrupaciones de éstas, del Concejo de Gijón/Xixón.

Requisitos:

Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Asociaciones o en el Registro de Fundaciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

No estar incursas las personas jurídicas, las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE 18-11-03)

Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de no ser deudor del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la propuesta de acuerdo de la concesión, salvo que la cuantía de las subvenciones que perciba del Ayuntamiento, no exceda de 3.000 €/año, en cuyo caso quedan exoneradas de acreditar dicha obligación formal, siendo suficiente como medio de acreditación la declaración responsable de este requisito, punto 7 del modelo normalizado de solicitud de subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón adjunto a estas bases.

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 33
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento