Subvenciones para determinadas actuaciones de las previstas en la submedida 8.5.

Código de ayuda:

S63964/19

Norma:

Orden de 19 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de diciembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad dar apoyo a las inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales y bosques, de acuerdo con lo establecido en el Programa de desarrollo rural de las Illes Balears para el periodo 2014-2020 y el artículo 25 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba) (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria los entes públicos regulados en la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención los gastos que se indican en el siguiente punto, derivados de los siguientes tipos de operaciones:

a.Conversión de la estructura del bosque para la mejora de su funcionalidad siempre que sean actuaciones estructurales de mejora de la composición vegetal de los bosques para especies de mayor interés ecológico. No serán auxiliables los trabajos de mantenimiento propios de los ciclos forestales.

b.Replantaciones forestales de especies autóctonas previstas en la Resolución del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, publicada en el BOIB núm. 23, de 16 de febrero de 2013.

c.Infraestructuras para uso recreativo y uso público, como creación de senderos e instalaciones recreativas a pequeña escala, señalización, mesas informativas, refugios y miradores.

d.Inversiones para la conservación y gestión de recursos naturales que fomenten la compatibilización de las actividades forestales con la mejora del funcionamiento ecológico de los ecosistemas.

e.Acciones para la protección de los hábitats y la biodiversidad, la erradicación de especies invasoras, etc.

Requisitos:

a) Tener como finalidad la realización de todas o parte de las actuaciones subvencionadas mediante esta convocatoria.

b) Tener financiación procedente de fondos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en un mínimo del 32,90% para realizar las actuaciones objeto de ayuda. Este requisito se debe acreditar antes de que se dicte la propuesta de resolución.

c) Alcanzar un 30% de los puntos previstos en el apartado séptimo de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/12/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 169
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento