Subvenciones para diseñar y desarrollar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia para los años 2025-2026.

Código de ayuda:

S07819/25

Norma:

Resolución de 1 de abril de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género para erradicar la LGTBIfobia.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Familia y Asuntos Sociales (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En todos los casos se puede solicitar una subvención equivalente al 100% del presupuesto del proyecto, sin perjuicio del límite establecido en el punto 11.4.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar las subvenciones que establece esta convocatoria las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas y en activo radicadas en las Illes Balears. Se entiende por radicadas en las Illes Balears que estén inscritas en el Registro de asociaciones o en el Registro de fundaciones de las Illes Balears o, en el supuesto de que estén inscritas en un registro de ámbito estatal, que dispongan de una sede o delegación activa en las Illes Balears. Se entiende por disponer de una delegación activa tener una sede social o una delegación en las Illes Balears o disponer de un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en las Illes Balears que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o las actuaciones para las cuales se solicita la subvención, así como estar en condiciones de facilitar en cualquier momento a la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad cualquier aclaración, información y documentación sobre la contabilidad y la gestión del proyecto durante las fases de seguimiento, ejecución y justificación.

Requisitos:

a. Las personas jurídicas tienen que estar constituidas en conformidad con la normativa vigente e inscritas en el registro o registros correspondientes; disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención y tener entre sus objetivos, en sus estatutos, directamente o indirectamente, la ejecución de las actividades o los fines relacionados con el objeto de esta convocatoria.

b. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas, y con la Seguridad Social.

c. Haber justificado suficientemente, si corresponde, las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente de parte de Gobierno de las Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 28/08/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 106
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento