Subvenciones para ejecución de medidas de autoprotección frente a inundaciones e incendios y de adaptación al cambio climático en establecimientos turísticos. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
Código de ayuda:
S08700/25Norma:
ORDEN FORAL 39E/2025, de 14 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, instrumento de financiación orientado a los resultados, hitos y objetivos indicados en el mismo, que resultan vinculantes para la Comunidad Foral de Navarra, como administración pública participante.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Medio Ambiente y Energía
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conserjería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 80 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).La inversión mínima requerida será de 3.000 euros y el presupuesto máximo subvencionable de 100.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiarias las pymes turísticas, titulares de establecimientos turísticos o infraestructuras de interés turístico.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrá ser objeto de subvención en esta convocatoria la ejecución de inversiones en medidas de autoprotección, necesarias para prevenir y/o minimizar los daños producidos por los fenómenos meteorológicos adversos en infraestructuras turísticas, conforme al contenido del Plan de Autoprotección (PAU) - Plan de autoprotección por riesgo de incendios forestales (PAIF) de la empresa.Requisitos:
1.1. Ser sujeto pasivo de la Hacienda Foral de Navarra por aquellos impuestos correspondientes a la actividad económica objeto de la subvención.1.2. No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del
artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
1.3. No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
1.4. Las pymes solicitantes que constituyan una agrupación de personas físicas o jurídicas o alguno de los supuestos del artículo 8.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan.
1.5. Tener la consideración de pyme conforme a lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
1.6. En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la
condición de beneficiarias las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Documentos asociados
Boletín:
08/04/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 70
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 70
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