Subvenciones para ejecutar proyectos destinados a la reconstrucción de las zonas más afectadas por el terremoto del Golfo de Bengala del 26 de diciembre de 2004, con especial atención a las infraestructuras relacionadas con la infancia.

Código de ayuda:

S49146/05

Norma:

Resolución de 27 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgar ayudas a proyectos destinados a la reconstrucción de las zonas más afectadas por el terremoto del Golfo de Bengala (Sri Lanka, la provincia de Aceh en Indonesia, los estados indios de Tamil Nadu, Kerala y Andra Pradesh, y la costa de Tailandia, Malasia y Myanmar).

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las solicitudes para ayudas pueden ser, como máximo , del 90% del coste del proyecto.
En concepto de gastos administrativos ligados directamente a la ejecución del proyecto se puede solicitar un máximo del 8% del presupuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

- Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro de las Illes Balears.
Tendrán la sede en las Illes Balears.
Se entiende por tener la sede en las Illes Balears que la entidad esté inscrita en el registro correspondiente de las Illes Balears.
- Las asociaciones del Estado Español que tengan delegación permanente y activa en las Illes Balears.
- Las fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro estatales que tengan su ámbito de actuación en las Illes Balears y tengan una delegación permanente y activa.

Para cualquiera de los casos se considera que la sede o delegación es activa cuando la entidad acredita haber realizado en las Illes Balears actividades en el ámbito de la cooperación y la sensibilización, durante el año anterior al de la publicación de esta convocatoria.

Requisitos:

a) Tener como fines institucionales expresos según sus estatutos la realización de proyectos y actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y con el fomento de la solidaridad con los pueblos.
b) Estar legalmente constituidas y gozar de capacidad jurídica y de actuar.
Es necesario que la constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Illes Balears se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria.
c) Disponer de la organización y de la estructura técnica necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditar la experiencia en cooperación y la capacidad operativa necesarias.
d) Haber trabajado en el país para el cual ahora se presenta el proyecto antes de que se produjera el tsunami.
e) Estar al corriente de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
f) Haber justificado la inversión de ayudas de cooperación al desarrollo, ayudas para las acciones de sensibilización, educación y formación, concedidas en ejercicios anteriores, siempre que no se trate de proyectos de ejecución.
g) No encontrarse sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2003
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/10/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 148
Documento: Convocatoria Descargar Documento