Subvenciones para el Programa «Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en Pymes», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a su convocatoria en el año 2024.

Código de ayuda:

S65437/22

Norma:

Orden ICT/1081/2022, de 7 de noviembre. Orden de 15 de noviembre. Resolución de 6 de julio de 2023. Resolución de 23 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Desde el 26 de julio hasta el 18 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, los beneficiarios de las ayudas que deberán desarrollar Programas de Formación en el ámbito de la Transformación Digital dirigidos a personas de equipos directivos así como trabajadores de la pyme que requieran una actualización o desarrollo de competencias en digitalización para un mejor desempeño de la empresa en todo el territorio nacional.

El objetivo de estas ayudas es incrementar las competencias digitales de las personas de equipos directivos y del resto de áreas de las pequeñas y medianas empresas. Esta formación en gestión digital contribuirá a la mejora de la productividad de estas empresas, así como su competitividad y posibilidades de crecimiento e internacionalización.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, y Comercio ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto total de las ayudas en la presente convocatoria asciende a la cantidad de 50.700.000 €, que corresponden a la formación de 39.000 personas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de la subvención serán las entidades de formación.

Podrán tener la condición de beneficiarias en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de esta orden, en los términos que las mismas establezcan y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las entidades de formación siempre que estén válidamente constituidas desde, al menos tres años antes de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la convocatoria
(evidenciado con escrituras de constitución, vida laboral de empresa en el que se indique CNAE número 85 o cualquier otro documento válido en derecho que acredite que es entidad de formación), tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal o social en España.

Documentos asociados

Boletín: 12/11/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 272
Documento: Bases Reguladoras 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/11/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 274
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 15/11/2022
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Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 11/07/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 164
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 11/07/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 164
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/07/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/07/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento