Subvenciones para el Programa de Sensibilizacion de Jovenes en la Solidaridad: Ve, Participa y Cuentanos, en el año 2011.

Código de ayuda:

S03455/11

Norma:

ORDEN FORAL 375/2010, de 1 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Propiciar la sensibilización hacia los problemas de desarrollo a través de su participación como voluntarios en proyectos o programas de Cooperación Internacional o a través de cursos teórico-prácticos de cooperación y cuyo componente esencial es de tipo práctico en los países en desarrollo. Todo ello, promovido y ejecutado por Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) ofreciendo a los jóvenes navarros la oportunidad de tener una experiencia con las poblaciones desfavorecidas de los países en desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención de cada plaza seleccionada corresponderá con lo solicitado en el caso de la modalidad A y hasta un máximo de 1.900 euros por plaza en la modalidad B.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Modalidad A: “Participación en programas o proyectos de Cooperación al Desarrollo”: Para estancias comprendidas desde 3 a 12 meses.

- Modalidad B: “Cursos teórico-prácticos de Cooperación al Desarrollo con práctica sobre el Terreno” que tengan como finalidad formar a los jóvenes, desde la práctica, en la ejecución y gestión del Ciclo de un Proyecto. La duración de la experiencia en terreno no podrá ser inferior a 20 días ni superior a 2 meses.

Se considerarán gastos subvencionables.

1. Gastos directos:

a) Los de desplazamiento de los voluntarios desde Navarra hasta el lugar de destino del proyecto y regreso, incluyendo tasas de aeropuerto.

b) Aquellos gastos de desplazamiento que se produzcan necesariamente por motivos de renovación de los permisos de estancia en el país.

c) Los gastos de vacunación y visados, y los del seguro de asistencia que en todo caso cubra los riesgos de enfermedad y accidente para el período de tiempo de su estancia en el extranjero, los gastos de repatriación, así como la responsabilidad civil por daños sufridos o causados a terceros.

d) Gastos de manutención en el lugar de destino, con un máximo de 100 euros por mes y plaza; que podrán ser facturados por el Socio Local.

2. Gastos indirectos:

Se podrá aplicar a la subvención un importe igual o inferior al 10% de la misma, en concepto de costes indirectos del proyecto, entendiéndose por éstos los gastos administrativos en Navarra de la ONGD solicitante: gastos de personal, de los locales, materiales de oficina y otros gastos corrientes. La justificación de estos gastos se realizará mediante facturas, salvo aquellos gastos de difícil verificación que lo serán mediante un certificado expedido por el representante legal de la ONGD beneficiaria de la subvención. En el certificado deberá constar la cuantía, la referencia al tipo de gasto, su vínculo con el proyecto subvencionado y el motivo por el cual no puede realizarse una justificación según las normas generales. Además se acompañará de comprobantes que acrediten la realidad del gasto, y que podrán ser facturas, estados contables, u otra documentación. La cuantía justificada mediante este certificado no podrá superar el 30% de los costes indirectos o el 3% de la subvención.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas de naturaleza privada, legalmente constituidas e inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Además podrán concurrir las agrupaciones, con o sin personalidad jurídica propia, de dos o más ONGD, y podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias, en los términos previstos en el artículo 8.2 y 3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

b) Tener su sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Haber recibido subvenciones del Gobierno de Navarra en materia de cooperación al desarrollo en al menos dos de los últimos 5 años.

d) Contar con un socio o contraparte local que deberá hacerse cargo de la estancia, manutención y gastos conexos para atender a las personas voluntarias. Este socio local deberá ser una persona jurídica de
conformidad con la legislación del país beneficiario.

e) En el caso de optar por la Modalidad B, la fase teórica del curso de formación se deberá realizar con posterioridad a la aprobación por parte del Instituto Navarro de la Juventud de la relación de personas
seleccionadas, para su participación en el programa.

f) No podrán obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 12
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento