Subvenciones para el Programa extraordinario de talleres de empleo dirigido a trabajadores desempleados de larga duracion.- Segunda Convocatoria Extraordinaria 2012.
Código de ayuda:
S11991/12Norma:
DECRETO 52/2012, de 4 de abril. DECRETO 212/2012, de 19 de octubre. ORDEN de 24 de octubre de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/11/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria extraordinaria de las subvenciones para los programas de talleres de empleo para desempleados de larga duración que no tengan derecho a prestaciones por desempleo.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Para los Proyectos de Talleres de Empleo, se establecen los siguientes importes para el año 2012:— Módulo A: 3,27 euros/hora/alumno trabajador.
— Módulo B: 0,90 euros/hora/alumno trabajador.
— Salario alumnos-trabajadores: una vez el salario mínimo interprofesional anualmente establecido.
2. Los incrementos anuales para años sucesivos de estos costes para los módulos A y B serán del 3 por 100, mientras no se dicte disposición en contra.
Cuando una fase se desarrolle en dos ejercicios, la resolución de concesión fijará el importe de los módulos que corresponda en función de los meses de cada año que comprenda la fase, sin que dicho importe pueda variarse, salvo que concurran causas excepcionales apreciadas por el órgano concedente.
3. La subvención del salario de los alumnos trabajadores estará vinculada al salario mínimo interprofesional anualmente establecido, y sus correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social.
Cuando la duración del proyecto implique su ejecución en varios ejercicios distintos, la resolución de concesión de subvenciones contemplará con carácter estimativo, según dicha duración, uno o varios incrementos anuales para años sucesivos del 3%, aplicados sobre el salario mínimo interprofesional y las cuotas empresariales que correspondan a la anualidad en que se inicia el proyecto. Esta estimación se ajustará cuando se determine el correspondiente salario mínimo interprofesional.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos y las Mancomunidades de municipios que cumpliendo los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El programa mixto de empleo y formación, denominado Programa de Talleres de Empleo dirigido a personas desempleadas de larga duración de Extremadura que no tengan derecho a prestaciones por desempleo.Requisitos:
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que hayan sido beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de la convocatoria única recogida en la disposición adicional segunda del Decreto 52/2012, de 4 de abril.Documentos asociados
Boletín:
12/04/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
23/10/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 205
Documento: Convocatoria Extraordinaria 2012. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 205
Documento: Convocatoria Extraordinaria 2012. Descargar Documento
Boletín:
25/10/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 207
Documento: Segunda Convocatoria Extraordinaria 2012. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 207
Documento: Segunda Convocatoria Extraordinaria 2012. Descargar Documento