Subvenciones para el Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S24328/14Norma:
Resolución de 21 de mayo de 2014. Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre. Resolución de 4 de junio de 2014. Resolución de 7 de abril de 2015. Resolución de 3 de diciembre de 2015. Resolución de 29 de diciembre de 2016.Plazo de Solicitud:
Desde el 16 de enero de 2017 hasta las 14 horas del 3 de febrero de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria del año 2017 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones contempladas en el Programa de Estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, que es uno de los que conforman el Subprograma Estatal de Movilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, de acuerdo con las bases reguladoras publicadas en la Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre.Categorías Subvención
Becas
Educación y Ciencia
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Cultura y Deporte ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. De acuerdo con el artículo 28 de la Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre, reguladora de las bases para la concesión de las subvenciones que se convocan por esta Resolución, las subvenciones incluirán, en función del país de destino:a) Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes. Esta dotación será compatible con la percepción de las retribuciones que le correspondan en el centro de adscripción.
b) Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
c) Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.500 €.
2. Las cuantías, por país de destino, figuran en el Anexo y los importes se han fijado de conformidad con lo establecido en el artículo 7.4. de la Orden de Bases. En los casos excepcionales en que el centro receptor esté situado en territorio español, las dotaciones serán: 1.500 € en concepto de gastos de alojamiento y manutención, 300 euros para gastos de viaje y 800 euros para gastos de instalación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los profesores e investigadores.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. El Programa de Estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación se desarrolla a través de dos modalidades:a) Modalidad A. Estancias de profesores e investigadores senior en centros extranjeros, incluido el programa «Salvador de Madariaga». Se convocan hasta un máximo de 400 ayudas.
Esta modalidad se dirige al profesorado universitario y a investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente que permita alcanzar el objeto general del programa en cualquier área del conocimiento y participar en las tareas docentes e investigadoras regulares del centro de acogida en cualquiera de los ciclos de la enseñanza superior.
Dentro de la modalidad A están las estancias «Salvador de Madariaga», que son las que tienen como finalidad la actualización de los conocimientos de nuestros profesores e investigadores en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, institución que ocupa un lugar preeminente en el ámbito científico europeo en las áreas de Derecho, Economía, Historia, Ciencia Política y Sociología.
b) Modalidad B. Estancias de movilidad en el extranjero «José Castillejo» para jóvenes doctores. Se convocan hasta un máximo de 260 ayudas. Esta modalidad tiene por objeto favorecer e incentivar la movilidad de jóvenes doctores que se hayan incorporado recientemente a la carrera docente e investigadora.
Requisitos:
1. Título de doctor. Estar en posesión del título de doctor y haber obtenido el grado de doctor en la fecha indicada para cada modalidad. Se entenderá como fecha de obtención del doctorado la de lectura y aprobación de la tesis doctoral. En el caso de solicitantes que estén en posesión de más de un doctorado, el requisito relativo a la fecha de obtención se referirá siempre al primero de los doctorados obtenidos.a) Modalidad A: Haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2003, con la salvedad establecida en el apartado 1.c).
b) Modalidad B: Haber obtenido el grado de doctor a partir del 1 de enero de 2003, con la salvedad establecida en el apartado 1.c).
c) En el caso de solicitantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes o escalas de investigación del CSIC y OPIS, con independencia de la fecha de obtención del grado de doctor, deberán concurrir siempre a la modalidad A.
2. Vinculación funcionarial o contractual. Tener la vinculación funcionarial o contractual que se especifica para cada modalidad, con cualquiera de los centros de adscripción que figuran en el artículo 9. Lo establecido en los apartados c), d) y e) afecta a ambas modalidades.
a) Modalidad A: Tener vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecer a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o tener vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, o formar parte de las plantillas encargadas de las tareas de investigación en hospitales universitarios.
b) Modalidad B: Tener vinculación de funcionario interino o contractual como personal docente o investigador para cuya formalización se haya requerido el grado de doctor, sea con dedicación a tiempo completo y la fecha de finalización del contrato sea posterior a la fecha de terminación de la estancia de movilidad solicitada.
Excepcionalmente, si tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes un profesor o investigador cambiase de categoría profesional, pasando a ser funcionario de carrera, podrá participar y ser beneficiario a través de esta modalidad, siempre que la vinculación se mantenga con el mismo organismo de origen y éste manifieste expresamente su conformidad.
c) Será condición indispensable que el solicitante desempeñe su labor profesional en el centro de adscripción con el que tiene la vinculación acreditada para participar en el programa. Asimismo, en todos los casos, se requiere estar en servicio activo y contar con autorización para ausentarse del centro de adscripción durante el período para el que se solicita la estancia.
d) La entidad de adscripción deberá dar su conformidad al cumplimiento de estos requisitos y a asumir las obligaciones que como entidad colaboradora conllevaría para la misma la presentación de la solicitud.
e) Durante todo el tiempo que transcurra desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la estancia, los beneficiarios habrán de mantener su relación contractual o funcionarial con el centro de adscripción que ha dado su conformidad a la solicitud.
3. Estancias en el extranjero. No haber realizado estancias en el extranjero, por un período acumulado superior a 6 meses, durante los últimos cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se contabilizarán a tales efectos todas las estancias postdoctorales en el extranjero por un período igual o superior a un mes, aunque el solicitante no haya percibido ninguna ayuda, subvención o similar para las mismas.
En cumplimiento de lo anteriormente establecido, en caso de que con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el investigador realice una estancia en el extranjero, no notificada al efectuar la solicitud, deberá comunicarlo a la Dirección General de Política Universitaria, ya que el cómputo del período de dicha estancia podrá suponer la no posibilidad de ser solicitante/beneficiario de la subvención, si en ese momento se incumpliera este requisito.
Documentos asociados
Boletín:
07/09/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 215
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
02/06/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 133
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Boletín:
18/06/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 147
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
20/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 94
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
29/12/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 311
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
05/01/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 4
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 4
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín:
05/01/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 4
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 4
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento