Subvenciones para el año 2008 a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad y un plan de igualdad.
Código de ayuda:
S45219/08Norma:
RESOLUCION de 13 de mayo de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/07/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución la regulación y convocatoria de subvenciones dirigidas a empresas y entidades privadas para la contratación a lo largo de 2008 de consultoras homologadas que presten asistencia técnica en la elaboración de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y en el diseño de un plan de igualdad, tanto para su organización interna como para la prestación de sus servicios o productos.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención no podrá exceder por entidad beneficiaria de la cantidad de 12.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán tener acceso a las ayudas las empresas y entidades privadas, excepto aquéllas que estén participadas o controladas directa o indirectamente de forma mayoritaria por las Administraciones Públicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionará la contratación de consultoras homologadas a fin de que presten asistencia a la empresao entidad para la realización de todos los aspectos siguientes:
a) diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres en su organización interna y en la prestación de
servicios o productos.
b) mínimo de 10 horas de sensibilización/formación sobre la igualdad de mujeres y hombres en el mundo
laboral y su reflejo en los principales resultados del diagnóstico.
Esta sesión debe servir de contraste del diagnóstico y de base para el diseño del plan de igualdad y
se realizará para, al menos, una muestra representativa de la plantilla.
c) diseño de un plan de igualdad para su organización interna y para la prestación de servicios o productos.
La contratación de las consultoras homologadas a subvencionar se realizará a fin de que presten asistencia entre el 1 enero y el 31 de diciembre de 2008.
Requisitos:
Requisitos que han de cumplir las entidades solicitantes:a) Estar radicada en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
b) Contar con una plantilla de, al menos, 10 trabajadoras o trabajadores.
c) Compromiso de contratar o haber contratado la asistencia técnica de una consultora homologada en virtud del Decreto 105/2004.
d) Mostrar el compromiso de la Dirección de continuar el proceso hasta que la empresa u entidad se convierta en Entidad Colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en los términos que establece el Decreto 424/1994.
e) No haber sido beneficiarias de subvención en anteriores ediciones, en virtud de las Resoluciones de
convocatorias de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer por las que se conceden subvenciones a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad Ni haber recibido subvención para el mismo fin, en este o en anteriores ejercicios, de ninguna entidad o Administración Pública.
f ) Designar por parte de la Dirección una persona de la entidad como responsable de la organización de
dinamizar el proceso.
g) Presentar un informe sobre la previsión del impacto de la ayuda.
h) Presentar una propuesta de trabajo para el año 2008 que recoja:
– Aspectos a revisar en el diagnóstico.
– Metodología cuantitativa y cualitativa a utilizar.
– Programa de las sesiones de sensibilización/formación en igualdad de mujeres y hombres (mínimo de
diez horas).
– Proceso de elaboración del plan de acción.
– Equipo de trabajo.
– Cronograma.
– Presupuesto.
i) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
j) No encontrarse incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador en el marco de subvenciones
o ayudas de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma
del País Vasco y sus organismos autónomos ni tener pendiente de justificación alguna otra subvención concedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en ejercicios anteriores.
k) No podrán acceder a las ayudas previstas en la presente Resolución, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, las personas físicas o jurídicas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
l) Asimismo no podrán acceder a la presente convocatoria de ayudas, aquellas personas físicas o jurídicas
que se encuentren sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas,
ni hallarse incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello.
Documentos asociados
Boletín:
13/06/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 113
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 113
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento