Subvenciones para el año 2008, dirigida a los centros colaboradores no firmantes de contrato programa, para la realizacion de actuaciones formativas enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo y convocatoria de ayudas dirigidas al alumnado de estas acciones formativas para guarderia y/o custodia y transporte, tramitada como expediente anticipado de gasto.

Código de ayuda:

S01391/08

Norma:

Resolucion del 21 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

I: hasta el 18/01/08. II: Guardería: 1 mes,desde la incorporación al curso. Transporte: 1mes,desde la finalización de formación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Aprobar la convocatoria de subvenciones dirigida a los centros colaboradores que no tengan firmado un contrato programa para el año 2008, para la realización de las actuaciones enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo (período 2000-2006) y cofinanciadas por este Fondo, según dispone el capítulo I, del título V, del citado Decreto 11/2000, de 4 de febrero y, de conformidad con las bases reguladoras de estas ayudas, establecidas por la Orden del consejero de Trabajo y Formación de 4 de mayo de 2005.

b) Aprobar la convocatoria informativa de ayudas de guardería y/o custodia para el año 2008, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo enmarcadas en el programa operativo del Objetivo 3 para el periodo 2000-2006 y reguladas en el artículo 21 de la orden del Consejero de Trabajo y Formación de 4 de mayo de 2001, por la que se dictan las normas de desarrollo del Decreto 11/2000, de 4 de febrero, y de las ayudas de transporte para los alumnos residentes en Formentera, que sean beneficiarios de acciones formativas impartidas en Ibiza.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Convocatoria de actuaciones formativas enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo y cofinanciadas por este Fondo (Anexo I):

El importe de la subvención será el 100% del proyecto presentado, con los límites económicos por hora y de imputación que se especifican en el apartado 25 y en el apartado 26.

Convocatoria informativa de ayudas dirigidas a los alumnos (Anexo II):

a) Ayudas para guardería y/o custodia: hasta un máximo de 60,10 euros mensuales por hijo o por persona a su cargo, a excepción de las personas que presenten un informe de necesidad emitido por los servicios sociales correspondientes, a los que se les concederá una ayuda que cubrirá el coste total del importe de la factura presentada en concepto de guardería y/o custodia.
La baja del beneficiario de la actuación formativa dará lugar a la pérdida del derecho a recibir estas ayudas, desde el último mes en que se haya producido la baja.

b) Ayudas para transporte, equivalentes al precio del billete de ida y vuelta, en la tarifa más económica, por día de asistencia, cuando el alumno residente en Formentera asista a un centro ubicado en Ibiza en el que se imparta la formación.

Los alumnos únicamente tendrán derecho a recibir estas ayudas los días de asistencia efectiva al curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Convocatoria de actuaciones formativas enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo y cofinanciadas por este Fondo (Anexo I):

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones para las actuaciones formativas objeto de esta convocatoria, tanto los centros homologados del Plan FIP inscritos en el censo de centros colaboradores, como los centros acreditados, siempre que no hayan suscrito un contrato programa, de acuerdo con los requisitos especificados en el capítulo I, del título III, del Decreto 11/2000, de 4 de febrero.

Quedan excluidas de esta convocatoria las solicitudes presentadas por la agrupación de diferentes centros colaboradores a que hace referencia el artículo 22 del Decreto 11/2000, de 4 de febrero, por el que se regulan los programas de formación profesional ocupacional en el ámbito de las Islas Baleares
(BOIB núm. 21, de 17 de febrero).

Convocatoria informativa de ayudas dirigidas a los alumnos (Anexo II):

Los alumnos que participen en las acciones formativas aprobadas en el marco de esta convocatoria podrán recibir las ayudas que se indican a continuación:

a) desempleo y se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Que tengan a su cargo hijos menores de 6 años.
- Que tengan a su cargo hijos con edades comprendidas entre 6 y 12 años, ambas inclusive, cursando educación primaria, siempre que el horario de la actuación sea diferente al horario escolar, circunstancia que se acreditará documentalmente.
- Que tengan personas dependientes a su cargo.

b) Ayudas para transporte, cuando los alumnos residan en Formentera y sean beneficiarios de acciones formativas impartidas en Ibiza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Convocatoria de actuaciones formativas enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo y cofinanciadas por este Fondo (Anexo I):

- Eje 1. Inserción y reinserción ocupacional de los desempleados:

Medida 1. Ofrecer vías de inserción en el mercado laboral a las personas desocupadas.
Actuación 1.1.2: Formación profesional ocupacional, dirigida a adultos en situación de desempleo.
Medida 3. Ofrecer vías de inserción profesional a los jóvenes.
Actuación 1.3.2: Formación profesional ocupacional, dirigida a los jóvenes desempleados, prioritariamente menores de 25 años, que les posibilite la inserción laboral.
La participación de las actuaciones del Eje 1 en relación al presupuesto total máximo asignado en esta convocatoria es del 65%.

- Eje 3. Refuerzo de la estabilidad y la adaptabilidad:
Medida 1. Asegurar la actualización del nivel de competencias de los trabajadores.
Actuación 3.1.1: Formación continua de trabajadores ocupados, enfocada a los requerimientos del mercado laboral.
La participación de las actuaciones del Eje 3 en relación al presupuesto total máximo asignado en esta convocatoria es del 35%.
El porcentaje en que participan las distintas actuaciones del presupuesto total se podrá incrementar o disminuir en un valor máximo del 10%, condicionado a la valoración y aplicación de los criterios generales, complementarios y específicos.
Vistas las solicitudes presentadas y, en el supuesto que no se asigne la totalidad del porcentaje establecido para cada actuación formativa, se podrán redistribuir los porcentajes entre las diversas actuaciones.

Convocatoria informativa de ayudas dirigidas a los alumnos (Anexo II):

- guarderia y/o custodia y transporte.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 196
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento