Subvenciones, para el año 2009, a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar actuaciones destinadas a la promoción de minorías étnicas.
Código de ayuda:
S21346/09Norma:
ORDEN FORAL 55/2009, de 18 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2009, a entidades sin ánimo de lucro que intervengan en el ámbito de la promoción de minorías étnicas.Mediante la concesión de las citadas subvenciones se financiarán gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por dichas entidades de actuaciones en el ámbito de la promoción social de minorías étnicas, de acuerdo a las Modalidades y Tipologías de actuaciones establecidas en la base reguladora 7 del presente anexo.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades que, de acuerdo con sus estatutos, puedan intervenir en el ámbito de actuación señalado en la primera de estas bases reguladoras.Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte o en el Registro que reglamentariamente les corresponda, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones. Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
18/03/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 33
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 33
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento