Subvenciones para el año 2020, destinadas a la ejecución de proyectos en el área de infancia y familias.

Código de ayuda:

S44200/20

Norma:

ORDEN de 15 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 360.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de acciones destinadas a proyectos sociales de apoyo a la infancia y las familias durante el año 2020.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención solicitada por cada proyecto no podrá ser inferior a 8.000 euros ni superior a 90.000,00 euros y la cuantía máxima por persona jurídica (entidad) será de 360.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar constituidas con arreglo a la legislación que les sea de aplicación por razón de su naturaleza jurídica, estar debidamente inscritas en el correspondiente registro oficial y tener por objeto conforme a sus estatutos o normas fundacionales la atención integral de menores.

Se presumirá el cumplimiento de este requisito respecto de las entidades que estén habilitadas como entidad colaboradora en materia de atención integral de menores ante la Dirección General competente en la materia conforme a lo dispuesto en el Decreto 130/1999, de 17 de junio, por el que se regula la habilitación de las entidades colaboradoras de atención integral a menores (BOC nº 87, de 7.7.99) así como las que en su caso figuren habilitadas por otras Comunidades Autónomas, en esta materia en virtud de lo establecido en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado.

En el momento de la publicación de la presente convocatoria tendrán que estar reconocidas como entidad colaboradora en materia de atención integral de menores, debiendo incorporar resolución administrativa correspondiente a los efectos de hacer valer la presunción a la que se refiere el apartado anterior.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Estar constituidas y tener recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables, de acuerdo con lo previsto en estas bases, con al menos un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/08/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 167
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento