Subvenciones para el apoyo a la financiación de las empresas, sujeto al régimen de minimis, en régimen de concesión directa.

Código de ayuda:

S21146/24

Norma:

Resolución de 4 de octubre de 2024. Orden EIE/41/2024, de 14 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 13:00 horas del 13 de diciembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar a las PYME el acceso a préstamos bancarios mediante alguno de los programas siguientes:

I. Programa 1. Préstamos formalizados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023.

- Subprograma 1: Préstamos para inversiones.

- Subprograma 2: Préstamos de apoyo a circulante.


II. Programa 2. Préstamos formalizados a partir del 1 de enero de 2024.

- Subprograma 1: Préstamos para inversiones.

- Subprograma 2: Préstamos de apoyo a circulante.


Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las PYME industriales, extractivas, transformadoras y de servicios, así como el comercio mayorista y minorista.

No serán subvencionables las actividades económicas incluidas en la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) siguientes:

- Sección D (Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado)

- F 41.1 (Promoción inmobiliaria)

- Sección K (Actividades financieras y de seguros)

- Sección L (Actividades inmobiliarias, con excepción de la clase 68.32, Gestión y administración de la propiedad inmobiliaria, que sí será subvencionable)

- Sección T (Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico; actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio)

- Sección U (Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales)

Requisitos:

1. El beneficiario de la subvención deberá estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en un epígrafe correspondiente a alguna de las actividades subvencionadas, en el momento de la formalización del préstamo.

2. En el caso de préstamos que financien operaciones de circulante, el beneficiario deberá además tener
domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

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