Subvenciones para el curso 2014-2015, para el desarrollo de Programas de Formacion Transitoria Integrada en ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos y en entidades privadas de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco, que durante el curso 2013-2014 hubieran impartido Programas de Cualificacion Profesional Inicial y no hubieran dispuesto de concierto educativo para su financiacion.
Código de ayuda:
S47046/14Norma:
ORDEN de 24 de septiembre de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/10/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones destinadas a la financiación del desarrollo de los Programas de Formación Transitoria Integrada durante el año académico 2014-2015 en ayuntamientos, mancomunidades, entidades creadas por ellas y en entidades privadas de la Comunidad Autónoma de País Vasco.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Educación y Ciencia
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
a) Los ayuntamientos.b) Las mancomunidades.
c) Entidades creadas ayuntamientos o por mancomunidades.
d) Las entidades privadas que no hayan dispuesto de concierto educativo para la financiación de los programas de Cualificación Profesional Inicial.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación del desarrollo de los Programas de Formación Transitoria Integrada durante el año académico 2014-2015 en ayuntamientos, mancomunidades, entidades creadas por ellas y en entidades privadas de la Comunidad Autónoma de País Vasco.Requisitos:
Siempre que durante el curso 2013-2014 hubieran impartido Programas de Cualificación Profesional Inicial.Las entidades del apartado d) habrán de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social y con sus obligaciones tributarias.
Documentos asociados
Boletín:
06/10/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 189
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 189
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento