Subvenciones para el desarrollo de Programas de Garantía Social y para el desarrollo de actividades de apoyo en el seno de los Programas de Garantía Social subvencionados.

Código de ayuda:

S15382/04

Norma:

Orden 1999/2004, de 28 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Para los programas de Garantía Social, la ayuda a la financiación de dichos programas, con el fin de proporcionar al alumnado que participe en los mismos una formación básica y profesional, acorde con la modalidad a desarrollar y en alguno de los perfiles profesionales relacionados en el Anexo I de la presente Orden, que se configure como un instrumento compensador de desigualdades y eficaz de cara a la reinserción social, laboral y educativa, mejorando las condiciones para acometer su incorporación en el mundo productivo con alguna cualificación, continuando su formación a través de los diferentes programas que se puedan ofertar o posibilitando su reincorporación a las enseñanzas regladas por las vías previstas en la normativa vigente.
Asimismo, es objeto de la presente convocatoria el facilitar la integración social del alumnado perteneciente a colectivos sociales o culturales desfavorecidos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Para determinar la cuantía de la ayuda prevista para el desarrollo del programa de Garantía Social, se establecen unos tramos en función del número de proyectos aprobados por entidad solicitante, por existir gastos compartidos cuando la entidad imparte más de un programa.
Consultar cuadro de Base Décima, apartado 7.

- Para la subvención de las Actividades de Apoyo, siempre que sea solicitada, la cuantía será de:
— 3.000 euros para las modalidades de Talleres Profesionales y Formación y Empleo.
— 6.000 euros para la modalidad de Alumnos con Necesidades Educativas Especiales.
En el caso de que el importe solicitado por la entidad sea inferior a estas cuantías, se le asignará el importe consignado en su solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Aquellas entidades locales y entidades privadas sin fines de lucro cuyo ámbito de actuación, a la fecha de firma de la presente Orden, se encuentre dentro del ámbito territorial de gestión de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y no tengan suscrito Convenio de colaboración específico o contrato con la Consejería de Educación ni con otro tipo de organismo público para subvencionar este tipo de actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas objeto de esta convocatoria podrán desarrollarse en las modalidades siguientes (según se establece en los apartados 13, 14 y 15 de la Orden 1207/2000, de 19 de abril):
— Formación y Empleo: En colaboración con entidades locales.
En esta Modalidad, con el fin de potenciar la contratación por empresas en la segunda fase del programa, se podrá llegar a acuerdos con las Cámaras de Comercio y Asociaciones Empresariales.
— Talleres Profesionales: En colaboración con entidades privadas sin fines de lucro, que tengan experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.
— Para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales: En colaboración con entidades privadas sin fines de lucro que trabajen con jóvenes con discapacidad.

El desarrollo de los programas de Garantía Social:
A) Costes del equipo educativo:
— Salarios y cuotas satisfechas a la Seguridad Social a cargo del empleador o remuneraciones profesionales, en el caso de Entidades Locales.
— Gastos para la formación del profesorado: Dietas y desplazamientos.
B) Gastos generales que el programa requiera y que dependerán del perfil a desarrollar.
Estos gastos se podrán subvencionar siempre que correspondan a costes reales de la ejecución de las actuaciones cofinanciadas.
Estos gastos se refieren a:
— Material didáctico fungible.
— Alquiler de equipos didácticos.
— Alquiler de aula-taller necesaria para la práctica docente.
Estos gastos serán imputables hasta un máximo de un 15 por 100 del total de la subvención concedida.
— Otros gastos corrientes, imputables hasta un máximo del 10 por 100.
C) Ayudas para el desarrollo y seguimiento de las prácticas formativas en empresas, en los programas que incluyan esta
modalidad de formación.
D) Ayudas al alumnado, como compensación de los gastos para material que ocasione su participación en el programa.
Excepcionalmente, y sólo cuando la situación concreta del alumno lo justifique, la Comisión Mixta podrá autorizar que los gastos de manutención, transporte y/o alojamiento de éste sean imputados al programa.
E) Ayuda para el establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil de los alumnos en las modalidades de Talleres Profesionales y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales. La cobertura de este seguro incluirá, en su caso, las Prácticas Formativas en Empresas que puedan realizar los alumnos.

El desarrollo de Actividades de Apoyo:
A) Gastos efectuados para el desarrollo de las mismas: costes del personal que las desarrolla, proporcional al tiempo dedicado a esta acción.
B) Gastos de funcionamiento que requiera su puesta en marcha.
C) Ayuda para el transporte que facilite el acceso a las actuaciones a los destinatarios.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 03/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Solicitud Descargar Documento
Boletín: 03/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 140
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 20/09/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 224
Documento: Modificación Descargar Documento