Subvenciones para el desarrollo de acciones formativas ligadas a la insercion laboral destinadas a personas retornadas e inmigrantes y se procede a su convocatoria.
Código de ayuda:
S17228/08Norma:
Resolucion de 4 de marzo de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/04/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular los requisitos y condiciones de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las organizaciones y entidades señaladas en el artículo siguiente para el desarrollo de acciones formativas ligadas a la inserción laboral, que permitan la mejora de la cualificación profesional y faciliten la incorporación al mercado de trabajo de las personas retornadas e inmigrantes en Galicia, y proceder a su convocatoria para el año 2008.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Emigración (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones empresariales, profesionales y sindicales, así como las entidades sin ánimo de lucroque tengan como finalidad instituida por norma estatutaria o reglamentaria el desarrollo de actividades de
integración laboral que abarque al colectivo de personas retornadas e inmigrantes.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables a través de esta convocatoria las acciones formativas que tengan una claraconexión con el empleo, desarrolladas por las organizaciones y entidades citadas en el artículo 2º, dirigidas,
exclusiva o conjuntamente, a personas retornadas e inmigrantes, y que consistan en la realización
de cursos de formación para la mejora de la cualificación profesional y de la empleabilidad que contemplen
objetivos cuantitativos de inserción laboral en ocupaciones relacionadas con la formación impartida.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y dotadas de personalidad jurídica propia en la fecha de publicación deesta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
b) Tener su domicilio social o delegación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Desarrollar actuaciones que favorezcan la integración laboral de las personas retornadas e inmigrantes
en la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Disponer de experiencia y capacidad suficiente para garantizar la realización de las acciones objeto
de subvención.
e) No incurrir en ninguna de las circunstancias y prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
de subvenciones enumeradas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de
Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
12/03/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento