Subvenciones para el desarrollo de actividades formativas en materia de prevencion de riesgos laborales, en el ambito territorial de Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S12137/09Norma:
Orden de 12/02/2009.Plazo de Solicitud:
Estará abierto de forma premanente durante la vigencia de las bases reguladoras de la presente Orden.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar subvenciones para la realización de acciones formativas en materia de prevención de riesgos laborales, que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
- Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención consistirá en el abono de una cantidad económica, de acuerdo con las siguientes modalidades e importes:a) 80 euros por hora lectiva, para las acciones formativas que adopten la modalidad de planes agrupados de empresas, planes de empresas o cursos de formación específica de puesto de trabajo u oficio. Al referido importe se apliarán los ínidices correctores siguientes;
- 1,20 en acciones formativas en las que participen de 7 a 11 alumnos.
- 1,40 en acciones en las que el número de alumnos sea de 12 o superior.
b) 105 euros por alumno, en los supuestos de formación a la incorporación del trabajador a la empresa.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Empresas, personas físicas y jurídicas, agrupaciones de empresas, Comunides de Bienes, Sociedades Civiles y Servicios de Prevención que lleven a cabo las acciones formativas.Requisitos:
a) Que tengan domicilio social y fiscal o, en su defecto, centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.b) Que cuenten con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
c) Que no estén incursas en cualquiera de las causas previstas en el art. 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de subvención.
e) Que no concurran los supuestos de incompatibilidad prescritos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo consultivo.
Documentos asociados
Boletín:
20/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 36
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 36
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