Subvenciones para el desarrollo de programas de cualificacion profesional inicial, a iniciar durante el año 2009, y se aprueban las bases reguladoras para su concesion.

Código de ayuda:

S49819/09

Norma:

ORDEN de 24 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y se aprueban las bases reguladoras que han de regir las mismas para el desarrollo de programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Aragón, que se inicien durante elaño 2009, con el objetivo de que los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales creado por la Ley 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como que tengan la posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíen sus competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.
Las modalidades de los programas de cualificación profesional inicial serán la de talleres
profesionales y la de talleres profesionales especiales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias de la línea 18020 G/4226/480079/91002, por importe máximo de 682.800,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 556.800,00 euros en 2010 y 126.000,00 euros en 2011.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la subvención para el desarrollo estos programas, las organizaciones empresariales y sindicales o las entidades privadas sin finalidad de lucro que acrediten los requisitos mínimos personales y materiales establecidos para los perfiles profesionales correspondientes, y no estén acogidos a régimen de conciertos educativos ni impartan enseñanzas de formación profesional.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2009
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 125
Documento: Bases, Convocatoría 2009 y Anexos Descargar Documento