Subvenciones para el desarrollo de programas de promoción de la interculturalidad, dirigidos al alumnado inmigrante, y de refuerzo lingüístico del alumnado de reciente incorporación (L2. Educación inclusiva y atención a la diversidad).
Código de ayuda:
S54764/20Norma:
ORDEN de 29 de septiembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 23 de noviembre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 17.460 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de esta Orden establecer las bases y convocar las subvenciones para la promoción de dos tipos de intervenciones:– programas para la promoción de la interculturalidad.
– programas de refuerzo lingüístico a alumnado de reciente incorporación que presente dificultades comunicativas importantes relacionadas con el desconocimiento de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca y que requiera un plan de refuerzo lingüístico durante el curso 2020-2021.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención a la que podrá acceder cada centro, por la ejecución de programas de promoción de la interculturalidad, será de 17.460 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria aquellas personas o entidades titulares de centros privados con unidades concertadas en Educación Primaria y/o Secundaria obligatoria y aquellas personas o entidades titulares de centros privados o de titularidad municipal que reciben subvenciones del Departamento de Educación por la impartición de la Formación Profesional Básica ubicados, todos ellos, en la Comunidad Autónoma de Euskadi.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Las actividades realizadas para confeccionar, dirigir y gestionar programas para la promoción de la interculturalidad en aquellos centros titulares de conciertos educativos de educación primaria y/o secundaria obligatorias de una o más líneas en los que la matrícula de alumnado entre 6 y 16 años, en el momento de finalización del plazo de solicitud, cuente con un porcentaje de inmigrantes superior al 17 %, quedando excluidos los centros que hayan dispuesto de este recurso durante tres o más años.Toda actividad se propondrá desde una óptica inclusiva, es decir, estará enmarcada en un plan de acción del centro, dirigida a todo el alumnado y al profesorado, abierta a la participación y colaboración de otros agentes (familiares, grupos sociales...), y conectada al objetivo general de la mejora del rendimiento y éxito escolares.
b) Las actividades consistentes en acciones de refuerzo lingüístico al alumnado de reciente incorporación.
Requisitos:
– Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Este requisito ha de mantenerse hasta el momento de la liquidación de la subvención concedida.– Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito ha de mantenerse hasta el momento de la liquidación de la subvención concedida.
Documentos asociados
Boletín:
23/10/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento