Subvenciones para el desarrollo de programas formativos en el ámbito de la inteligencia artificial, dentro del Programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica en el marco del Componente 16 Reforma 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Código de ayuda:

S19337/24

Norma:

ORDEN 100/2024, de 8 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a apoyar proyectos de formación sobre Inteligencia Artificial en pequeñas y medianas empresas del sector industrial de la Comunidad de Madrid, para lograr mejorar su capacitación, competitividad e integración de la Inteligencia Artificial en sus cadenas de valor.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Digitalización (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las pequeñas y medianas empresas del sector industrial que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. De acuerdo con el Reglamento de la (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, se consideran pequeñas y medianas empresas, independientemente de su forma jurídica, aquellas que ocupen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros o bien su balance general anual no sea superior a 43.000.000 de euros.

Las entidades solicitantes deben estar dadas de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas con anterioridad a la presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 03/09/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 210
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/09/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 210
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento