Subvenciones para el desarrollo de programas, proyectos y actividades en materia de educacion ambiental realizadas por entidades sin animo de lucro.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S26528/12Norma:
Orden MED/9/2012, de 29 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/08/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria de ayudas para subvencionar los programas, actividades y proyectos en materia de educación ambiental, que se desarrollen en Cantabria por entidades sin ánimo de lucro.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Educación y Ciencia
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio, y Medio Ambiente. (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 100% de los gastos subvencionables, con un máximo de 20.000 euros por solicitud, sin que en ningún caso el importe de la subvención pueda ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste del proyecto o actividad a desarrollar por el beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, con personalidad jurídica, que prevean desarrollar la actividad objeto de subvención en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de realización de programas y proyectos de educación ambiental.Requisitos:
— Estar inscritas en un registro público: estatal o autonómico.— Carecer de ánimo de lucro.
— Tener entre sus objetivos fundacionales la colaboración en la realización de actividades educativas o la defensa del medio ambiente.
— Tener una representación permanente en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Se entenderá por representación, el disponer de sede con personal de la organización, ya sea contratado o voluntario, y domicilio estable donde realizar sus actividades.
Documentos asociados
Boletín:
12/07/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 135
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 135
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento