Subvenciones para el desarrollo de programas relativos a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S15782/04

Norma:

Orden de 13 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las Bases Reguladoras y la convocatoria del régimen jurídico de concesión de subvenciones a las Asociaciones de Mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro, para la realización de programas de actuación en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones Públicas o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales, y con cualesquiera otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario/a o de la finalidad para la que se concedió la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las encaminadas a fortalecer y consolidar el movimiento asociativo de las mujeres y establecer una línea de apoyo para el desarrollo de programas y actuaciones que promuevan la Igualdad de Oportunidades en la Región de Murcia.

Serán subvencionables las actividades y programas siguientes:
a) Actividades que favorezcan la participación social y el asociacionismo de las mujeres, así como su acceso a los procesos de toma de decisiones.
b) Programas de Igualdad de Oportunidades en el ámbito rural.
c) Actividades de promoción que fomenten debates o actúen sobre la situación social de las mujeres en ámbitos tales como conciliación de la vida laboral y familiar, economía y empleo, cooperación y participación, calidad de vida, comunicación y medio ambiente.
d) Programas de información y asesoramiento en materia de prevención de la violencia ejercida hacia las mujeres.
e) Programas que favorezcan la sensibilización sobre el reparto de responsabilidades familiares y domésticas.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro pertinente.
Este requisito se acreditará mediante certificación del Registro correspondiente, de que la entidad se encuentra inscrita en el mismo. No obstante lo anterior y si el citado registro fuera el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia, dicho requisito será comprobado de oficio por el órgano encargado de la instrucción del procedimiento.

2. Tener implantación en la Región de Murcia, entendiendo que la entidad cumple este requisito cuando disponga de sede o delegación permanente en la Región de Murcia.
Este extremo se acreditará mediante el documento que corresponda en cada caso, de los que se citan a continuación:
2.1) Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal, cuando la sede principal de la entidad solicitante esté ubicada en la Región de Murcia.
2.2) Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal y certificación expedida por el órgano correspondiente de la entidad de la que dependan, en la que conste la sede social y el representante de la entidad en la Región de Murcia, cuando la sede principal de la entidad solicitante no estuviera ubicada en la Región de Murcia.

3. Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento de la concesión de la subvención, extremo que será comprobado de oficio por parte del órgano encargado de la instrucción del procedimiento.

4. Salvo las excepciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, constituir una garantía mediante aval bancario por el importe total de la subvención que, en su caso, proponga la Comisión de Evaluación a que se refiere el artículo 10 de la presente Orden, cuando el importe de ésta sea superior a 60.102 euros.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 127
Documento: Convocatoria Descargar Documento