Subvenciones para el desarrollo de programas y actividades en el ámbito de Juventud y Acción Comunitaria.

Código de ayuda:

S17482/07

Norma:

ORDEN de 24 de enero de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/04/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de programas anuales y actividades concretas en el ámbito de Juventud y Acción Comunitaria que se desarrollen en el presente ejercicio 2007, conforme a las condiciones y requisitos que a continuación se determinan.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Serán susceptibles de ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en la presente Orden las personas
jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco,
que realicen actividades de fomento y difusión de las áreas que se establecen en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los programas anuales y las actividades concretas que se desarrollen en
las siguientes áreas, distribuyéndose los recursos económicos recogidos en el artículo 2 en las cuantías que
se señalan a continuación:

a) Programas anuales de actividades de ámbito supraterritorial impulsadas por asociaciones juveniles o
entidades cuya finalidad sea la promoción, integración e inserción social, desarrollo personal y mejora de la calidad de vida de la Juventud o la articulación de las políticas dirigidas a la misma dirigidas a jóvenes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, 322.000 euros.
b) Cursos de dinamizadores/as socioculturales organizados por escuelas de animación sociocultural que se
encuentren reconocidas en el ámbito de actuación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, 35.000 euros. Se establece una cuantía máxima subvencionable de 420 euros por alumno/a para las solicitudes de este apartado.
c) Actividades de acción comunitaria de ámbito supraterritorial, 70.000 euros.
d) Actividades concretas no recogidas dentro de la programación anual cuya finalidad sea la promoción, integración e inserción social, desarrollo personal y mejora de la calidad de vida de la juventud vasca o la articulación de las políticas dirigidas a la misma, así como actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil para la realización conjunta de actividades con otras asociaciones o entidades de ámbito de fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o actividades concretas de acción comunitaria realizadas por entidades radicadas en la Comunidad Autónoma Vasca, cuyos objetivos y contenidos posean un carácter innovador o tengan impacto social, 185.000 euros.

Se consideran gastos subvencionables al amparo del régimen contemplado en la presente Orden los que
figurando recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante, estén vinculados de manera indubitada al desarrollo de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 45
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento