Subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales de producción gallega.- Convocatoria 2018.
Código de ayuda:
S26682/18Norma:
RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de junio de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de las subvenciones es el fomento de los trabajos previos a la producción audiovisual, en las modalidades establecidas en la base siguiente, que se encuentren en fase inicial de desarrollo, y que se prevea que se llevará a cabo en los ejercicios 2018 y 2019.Categorías Subvención
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia Gallega de las Industrias Culturales (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
O importe máximo da subvención concedida por la Agadic no podrá superar el 75 % del importe subvencionable.En todo caso, las cantidades máximas que se podrán conceder según el tipo de proyecto son las siguientes:
Largometraje cinematográfico de ficción/serie o miniserie de ficción para TV: 20.000 €.
Largometraje cinematográfico de animación/serie de animación: 20.000 €.
Largometraje de ficción para TV/largometraje cinematográfico documental/largometraje documental para TV/piloto de programa para TV: 10.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a estas subvenciones todas las personas físicas o jurídicas constituidas como productoras audiovisuales independientes con una antigüedad mínima y sin interrupciones de un año (epígrafe IAE 9611), y con sucursal u oficina permanente por lo menos un año, previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea y que desarrollen su actividad habitual en Galicia. Por productor independiente se entiende, a los efectos de esta convocatoria, toda persona física o jurídica privada, que tenga la iniciativa y asuma la responsabilidad en la producción audiovisual y no sea objeto de influencia dominante por parte de un prestador de servicio de comunicación/difusión audiovisual ni de un titular de canal televisivo privado, ni, por su parte, ejerza una influencia dominante, tal y como establece la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del cine, artículo 4.n). A efectos de la presente convocatoria, quedan excluidas las agrupaciones de interés económico.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Desarrollo de proyectos de ficción para cine y televisión (largometrajes, series y miniseries).b) Desarrollo de proyectos de animación (largometrajes cinematográficos y series de animación para TV).
c) Desarrollo de proyectos de documental para cine y televisión.
d) Desarrollo de proyectos de pilotos de programas para televisión que destaquen por ofrecer formatos innovadores y alto potencial de internacionalización.
Documentos asociados
Boletín:
28/05/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 100
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
28/05/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 100
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
01/06/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 104
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento
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13/09/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 175
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