Subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales en lengua gallega.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S35146/13

Norma:

RESOLUCION de 9 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la Agadic para el desarrollo de proyectos audiovisuales en lengua gallega, que se incluyen como anexo I.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención no podrá superar el cincuenta por ciento de la inversión subvencionable y, en todo caso, la cantidad de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas las personas físicas o jurídicas, constituidas como productoras audiovisuales independientes, con sucursal u oficina permanente por lo menos un año, previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Largometrajes de ficción: proyectos de largometraje de imagen real o de animación con una duración superior a los 60 minutos.

b) Largometrajes documentales: proyectos de largometrajes documentales con una duración superior a los 50 minutos.

c) Películas para televisión: telefilmes para TV con una duración de entre 75 y 90 minutos. En el caso de películas de animación para TV, la duración mínima será de 60 minutos.

d) Formatos innovadores para televisión. Combinación única de elementos para crear un programa de televisión original. Comprende el contenido del programa o serie de progra- mas, además de las indicaciones técnicas para producirlo, los elementos artísticos, avances presupuestarios (presupuesto base) y knowhow (experiencia resolutiva) de los productores.

e) Pilotos de series de animación para TV.

Requisitos:

Quedan excluidos aquellos solicitantes que fuesen beneficiarios de ayudas en las convocatorias de subvenciones de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria o de la Agadic en los dos ejercicios anteriores a los de la presente convocatoria e incumpliesen las bases o las finalidades establecidas en ella, siempre y cuando fuesen sancionados por ello. Las condiciones exigidas en el apartado 1 del presente artículo se deberán mantener durante todo el período de ejecución del proyecto subvencionado. La pérdida de alguna de estas condiciones supondrá la pérdida de la condición de beneficiario y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas

Documentos asociados

Boletín: 16/09/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 176
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento