Subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisules en lengua gallega.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S18382/11

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la Agadic para el desarrollo de proyectos audiovisuales en lengua gallega, y proceder a su convocatoria para el año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- La ayuda que se va a conceder asume la forma de subvención a fondo perdido, y el importe de las subvencións reguladas en esta resolución en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o patrocinios concedidos por otras administraciones públicas o
entes públicos, autonómicos, nacionales o internacionales, superen el 100% del coste de la actividad subvencionada subvencionada que dearrollará el beneficiario, esto sin perjuicio de las particularidades y especificidades previstas para cada tipo o modalidad de ayuda, previstas en las cláusulas que siguen.

- El importe máximo de la subvención no podrá superar el cincuenta por ciento de la inversión subvencionable y, en todo caso, la cantidad de 20.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, constituidas como productoras audiovisuales independientes, con
sucursal u oficina permanente al menos un año, previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma
de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Largometrajes de ficción: proyectos de largometraje de imagen real o de animación con una duración
superior a los 60 minutos.

b) Largometrajes documentales: proyectos de largometrajes documentales con una duración superior a
los 50 minutos.

c) Películas para televisión: telefilmes para TV con una duración de entre 75 y 90 minutos. En el caso de
películas de animación para TV, la duración mínima será de 60 minutos.

d) Formatos innovadores para televisión. Combinación única de elementos para crear un programa de
televisión original. Comprende el contenido del programa o serie de programas, además de las indicaciones
técnicas para producirlo, los elementos artísticos, avances presupuestarios (presupuesto base) y know
how (experiencia resolutiva) de los productores.

e) Pilotos de series de animación para TV.


Requisitos:

- Los beneficiarios deberán tener un acuerdo o contrato, como mínimo, con un autor o guionista para
desarrollar algún proyecto de los tipos señalados en el artículo anterior.

- No podrán acceder a las subvenciones los solicitantes que se encuentren afectados por alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 10º.2 y 10º.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de
Galicia.

- Las enti dades beneficiarias no podrán tener laconsideración de empresa en crisis conforme con lo
dispuesto en el artículo 1º apartado h) del Reglamento (CE) nº 1998/2006, de 15 de diciembre, relativo a
la aplicación de los artículos 87º y 88º del Tratado a las ayudas de minimis.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/04/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento