Subvenciones para el desarrollo, en el 2023, de actividades sin ánimo de lucro para la promoción y difusión de la cultura vasca fuera del ámbito territorial del euskera, aprobado por el Consejo de Dirección.
Código de ayuda:
S24537/23Norma:
RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de junio de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución regular el régimen de concesión de subvenciones para larealización, durante el ejercicio 2023, de proyectos y actividades sin ánimo de lucro para la promoción y difusión de la Cultura Vasca fuera del ámbito geográfico del euskara.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor

Convoca:
INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
– El importe global máximo de esta convocatoria ascenderá a treinta mil (30.000) euros.– La cantidad máxima que se puede recibir por proyecto, actividad o programa cultural será la siguiente:
– Actividades llevadas a cabo en destinos hasta 1.200 km: dos mil (2.000) euros.
– Actividades llevadas a cabo en destinos entre 1.201 y 5.000 km: tres mil quinientos (3.500) euros.
– Actividades llevadas a cabo en destinos a más de 5.000 km: cinco mil (5.000) euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar subvenciones con cargo a esta convocatoria cuantas personas físicas y jurídicas privadas, realicen los programas o actividades a los que la misma se refiere y que a fecha de presentación de la solicitud tengan su empadronamiento o domicilio social dentro de la Comunidad Autónoma Vasca. Cuando el idioma de la obra a difundir sea el euskera, podrán también presentarse las personas físicas o jurídicas privadas que estén empadronadas o tengan su domicilio social en el ámbito geográfico del euskera.Documentos asociados
Boletín:
15/05/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2023 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2023 Descargar Documento