Subvenciones para el ejercicio de proyectos en materia de acción social en el municipio.
Código de ayuda:
S01682/17Norma:
Arrecife, a 22 de diciembre de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de enero de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Tiene como finalidad establecer el marco jurídico general aplicable para la concesión de subvenciones de este Ayuntamiento sometiéndose las mismas a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Educación y Ciencia
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Ayuntamiento de Arrecife (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las obligaciones de contenido económico que se deriven de la presente convocatoria se ejecutarán con cargo al presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio 2016, siendo aplicación presupuestaria con referencia 231 48006 con denominación Administración General de Acción Social cuyo importe asciende a 170.000 euros (Ciento setenta mil euros) la que da cobertura a la presente.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la actividad/proyecto/adopción del comportamiento que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Cultura: Actividades de promoción cultural de la ciudad, isla o comunidad autónoma,talleres de folklore, clases de instrumentación tradicional, charlas y otros relacionados, impulso de las expresiones culturales, artes escénicas y otras así como actividades o actos relacionados con la cultura en general independientemente de la expresión que de la misma se realice y la temática a abordar.b)Deportes: Fomento de la participación de deportistas Arrecifeños federados en múltiples y variadas modalidades deportivas, contribuir a la práctica físicodeportiva de los ciudadanos, fomentar el asociacionismo y el trabajo deportivo en equipo, promover el aumento de clubes deportivos en el municipio, fomento y promoción del deporte base en el municipio, programas de iniciación deportiva de los jóvenes en edad escolar y eventos deportivos.
c) Educación: Promoción de la formación reglada que los ciudadanos de Arrecife necesiten cursar como estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio o superior que se impartan fuera de la isla de Lanzarote.
d) Juventud: Promover actividades destinadas al fomento de la participación y del Asociacionismo Juvenil, programas de animación sociocultural, actividades de ocio y tiempo libre, actividades relacionadas con la cultura y la creatividad juvenil, acciones de formación y asesoramiento en actividades y gestión de asociaciones juveniles.
e) Tercera edad: Impulso de la vida asociativa, fomento de la solidaridad e integración, mediante actividades de información y formación, culturales y lúdicas.
f) Vivienda: Actuaciones de rehabilitación de viviendas, obras que proporcionen a la vivienda condiciones de seguridad constructiva garantizando su estabilidad, resistencia y solidez, adecuaciones funcionales como obras de estanqueidad frente a lluvias y humedades, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad y saneamiento.
Obras que proporcionen condiciones mínimas de iluminación natural o ventilación, servicios higiénicos
e instalaciones de cocinas u otros servicios de carácter general, alquiler de viviendas para jóvenes del municipio.
g) Servicios Sociales: Prestaciones económicas de asistencia social destinadas a personas físicas de escasos recursos económicos, atención de situaciones de necesidades o emergencia social. Actividades destinadas a permitir a quienes carecen de medios de subsistencia, atender las necesidades básicas de la vida, facilitar la integración social y laboral de las personas más necesitadas, promover y desarrollar actitudes y habilidades personales útiles para una convivencia gratificante, promover y apoyar los valores de libertad, participación, igualdad, tolerancia, solidaridad, vida saludable y fomento del voluntariado social.
Requisitos:
a) Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, en nombre y por cuenta del primero, tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.b) Las agrupaciones físicas o jurídicas, públicas o privadas, las Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentre en situación que motiva la concesión de la subvención, en este caso deberán constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de la concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la Agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios, en su defecto se entenderá que todos y cada uno actúan de la misma actividad por tanto responderán solidariamente de los actos que procedan con motivo de la concesión de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
25/04/2014
BO Provincia de Las Palmas- Nº 54
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
06/01/2017
BO Provincia de Las Palmas- Nº 3
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
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