Subvenciones para el fomento de la cooperacion, colaboracion y agrupacion de empresas.
Código de ayuda:
S73519/08Norma:
Resolucion de 10-11-2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas para el fomento de la cooperación, colaboración y agrupación de empresas contempladas en la sección novena del capítulo I de la Orden de 25-09-2008, cuya finalidad es la incentivación pública de las actuaciones realizadas por las empresas de Castilla-La Mancha tendentes a aprovechar las sinergias de las distintas formas de cooperación y al incremento de la dimensión de las mismas.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la determinación de la cuantía de la subvención, se aplicará un porcentaje a la inversión subvencionable, de acuerdo a los siguientes criterios:a) En caso de grandes empresas: 30%.
b) En el caso de medianas empresas: 40%.
c) En el caso de pequeñas empresas: 50%.
d) En el caso de organismos intermedios: 75%
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiario las empresas industriales y de servicios, especialmente pequeñas y medianas empresas, pudiendo acceder a las subvenciones, además de las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes, excepto las empresas públicas, cooperativas y sociedades laborales. Asimismo, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, podrán ser beneficiarios como organismos intermedios.Requisitos:
a) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.b) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
c) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha.
d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sanconados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
03/12/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 248
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 248
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento