Subvenciones para el fomento de la energía solar térmica y la energía solar fotovoltaica conectada a la red, dirigida a administraciones públicas - Convocatoria 2009 - Modificación.

Código de ayuda:

S66164/08

Norma:

Resolucion de 10 de octubre de 2008. Orden de 15 de mayo de 2008. Resolucion de 12 de junio de 2009. Resolucion de 12 de febrero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria pública de ayudas para realizar actuaciones que fomenten el uso de las energías renovables, concretamente, de energía solar térmica y solar fotovoltaica conectada a la red eléctrica, promovidas por la Administración pública.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el cálculo de las ayudas se establecen unos baremos de participación en función de:

- La superficie total de captación en m2 de los colectores solares térmicos (ST) para instalaciones de energía solar térmica.
- La superficie total de captación en m2 de los colectores solares térmicos (STR) para instalaciones de energía solar térmica en aplicaciones de refrigeración.
- La potencia total en Wp de placas fotovoltaicas (FTV) para instalaciones de energía solar fotovoltaica conectada a la red eléctrica.

Consultar Artículo Noveno.

En caso de que el beneficiario reciba otras subvenciones o ayudas para la misma actividad o tipo de actuación, el importe de les subvenciones que establece esta Resolución no podrá ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad subvencionada.

En ningún caso, una misma actuación se podrá subvencionar por más de una línea de ayuda con cargo a fondos FEDER.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos, las entidades locales menores, las empresas públicas de las Islas Baleares, los consejos insulares y los consorcios de administraciones públicas, que lleven a cabo las actuaciones que establece el apartado cuarto de esta Resolución en edificios o terrenos públicos urbanos ubicados en el ámbito territorial de las Islas Baleares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Instalaciones nuevas de energía solar térmica con superficie de captación igual o superior a 50 m2. Los captadores solares deben estar homologadas y su coeficiente global de pérdidas ha de ser inferior a 9 W/(m2 ºC). En el caso de colectores de tubos de vacío, se aplicará la superficie equivalente.

2.- Instalaciones nuevas de energía solar fotovoltaica conectadas a la red eléctrica ubicadas en edificios o terrenos públicos de naturaleza urbana, con una potencia mínima de 30 kWp. Es subvencionable un proyecto por edificio.

Las inversiones objeto de la solicitud se han de hacer y se han de justificar dentro del período que va del 1 de enero de 2007 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 72
Documento: Orden de 15 de mayo de 2008 - Bases Descargar Documento
Boletín: 21/10/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 149
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 27/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 18/02/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 27
Documento: Modificación Descargar Documento