Subvenciones para el fomento de la integracion laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y en el mercado ordinario de trabajo.- Modificación.
Código de ayuda:
S53091/10Norma:
Orden 13/2010, de 6 de septiembre. Orden nº 8/2013, de 25 de octubre.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones que fomenten la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y en el mercado ordinario de trabajo.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
1.- Subvenciones dirigidas a Proyectos generadores de empleo estable:Los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro administrativo de Centros Especiales de Empleo de La Comunidad Autónoma de La Rioja o del Estado, cuya actividad se desarrolle en algún centro de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
2.- Subvenciones dirigidas al mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo:
Los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro administrativo de Centros Especiales de Empleo de La Comunidad Autónoma de La Rioja o del Estado, cuya actividad se desarrolle en algún centro de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
3.- Subvenciones al fomento de empleo con apoyo de personas con discapacidad en empresas normalizadas acompañadas de un preparador laboral:
a) Las Entidades sin ánimo de lucro que, no ostentando la calificación de Centros Especiales de Empleo. Éstas serán las promotoras de proyectos de inserción laboral de trabajadores discapacitados psíquicos o físicos y sensoriales con una minusvalía superior al 65%.
b) Las Entidades que no tengan la consideración de entidades sin ánimo de lucro ni tampoco la condición de Centro Especial de Empleo que colaboren con las promotoras del proyecto. Éstas serán las que suscriban los contratos laborales con trabajadores discapacitados psíquicos o físicos y sensoriales con una minusvalía superior al 65%.
4.- Subvenciones al fomento de empleo con apoyo de las personas con discapacidad como medida de integración laboral en el sistema ordinario de trabajo los Centros Especiales de Empleo que consigan el tránsito de trabajadores con discapacidad a entidades que cumplan los requisitos del artículo 32.1.b) y que sustituyan al trabajador incorporado por otro trabajador con discapacidad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones previstas en la presente Orden se articulan a través de los cuatro programas que se detallan a continuación, destinados al fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.1. Programa de ayudas a proyectos generadores de empleo estable.
Este programa comprende las siguientes líneas de subvenciones:
a) Subvención para sufragar inversiones en activos fijos.
b) Subvención Parcial de intereses de préstamos.
c) Asistencia técnica para la creación de empleo.
2. Programa de ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo.
Comprende las siguientes líneas de subvenciones:
a) Subvención de costes salariales.
b) Subvención para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas.
c) Subvención destinada al saneamiento financiero.
d) Subvención dirigida al equilibrio presupuestario.
e) Subvención por la contratación de gerente o expertos técnicos de alta cualificación para la mejora de la competitividad.
f) Subvención por asistencia técnica.
3. Programa de ayudas para el fomento de Empleo de personas con discapacidad en empresas normalizadas acompañadas de un preparador laboral.
4. Programa de ayudas de Apoyo al tránsito de trabajadores con discapacidad de los centros Especiales de Empleo a empresas normalizadas.
Requisitos:
1.- Subvenciones dirigidas a Proyectos generadores de empleo estable:2.- Subvenciones dirigidas al mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo: los Centros Especiales de Empleo deberán, además, carecer de ánimo de lucro y contar con la declaración de imprescindibilidad para asegurar el empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social.
3.- Subvenciones al fomento de empleo con apoyo de personas con discapacidad en empresas normalizadas acompañadas de un preparador laboral: el domicilio social de las entidades deberá radicar en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Asimismo, deberá radicar en la Comunidad Autónoma de La Rioja el centro de trabajo al cual sean destinados los trabajadores discapacitados psíquicos o físicos y sensoriales con una minusvalía superior al 65% que sean contratados laboralmente por dichos beneficiarios.
4.- Subvenciones al fomento de empleo con apoyo de las personas con discapacidad como medida de integración laboral en el sistema ordinario de trabajo: se consideran Centros Especiales de Empleo los calificados e inscritos como tales en el Registro administrativo de Centros Especiales de Empleo de La Comunidad Autónoma de La Rioja o del Estado, cuya actividad se desarrolle en algún centro de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
Documentos asociados
Boletín:
13/09/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 112
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 112
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Boletín:
08/11/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 140
Documento: Modificación Descargar Documento
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