Subvenciones para el fomento de la natalidad - Modificación.

Código de ayuda:

S71700/07

Norma:

Decreto 153/2007 de 22 de noviembre. Decreto 106/2008 de 23 de octubre de 2008. Orden HAC/19/2008, de 4 de noviembre. Decreto 23/2012, de 26 de abril.

Plazo de Solicitud:

Plazo abierto de forma continuada.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente Decreto tiene por objeto el establecimiento y la regulación del régimen de concesión de una subvención por hijo, para el apoyo a las madres residentes en Cantabria con hijos menores de tres años, o con hijos menores de seis años cuando las madres sean integrantes de familia numerosa o con hijos menores de seis años que ostenten la condición legal de minusválidos.

En los supuestos de adopción, las subvenciones se podrán conceder, en los términos establecidos en los artículos siguientes, hasta los tres años, o seis años en los casos de familias numerosas o hijos minusválidos, siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa que lo declare. En estos supuestos, las subvenciones dejarán de percibirse, en todo caso, cuando el menor cumpla los dieciocho años de edad.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones, cuyo plazo de presentación de solicitudes está abierto de forma continuada, se inicia a instancia de parte y será el de concesión directa.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas subvenciones, en las condiciones establecidas en el presente Decreto, aquellas
madres naturales o adoptivas con residencia legal y que se encuentren empadronadas durante al menos los últimos doce meses ininterrumpidos desde la fecha de presentación de la solicitud, junto con los hijos menores a su cargo determinantes de la subvención, en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que cumplan los requisitos exigidos y tengan su domicilio fiscal acreditado en el territorio de esta Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones objeto de este Decreto tienen como finalidad incentivar la reactivación de la natalidad y hacer compatible la vida familiar con las obligaciones laborales de la madre, en su caso.
Dichas subvenciones se concederán por año natural y alcanzarán la cuantía de 100 euros al mes por cada uno de los hijos menores que reúnan los requisitos del artículo 1º, según el sistema de devengo regulado en el presente Decreto. Estas subvenciones serán compatibles con cualquier otro tipo de subvención o ayuda que se perciba con la misma finalidad.

La concesión de las subvenciones aquí establecidas se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria que se habilite a tal efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria de cada ejercicio. De ser necesario incrementar la dotación se tramitará, en su caso, el correspondiente expediente de modificación presupuestaria para atender estas subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 28/11/2007
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 231
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/11/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 213
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 30/04/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 83
Documento: Modificación Descargar Documento