Subvenciones para el fomento de la participacion juvenil en el municipio de Murcia. Ejercicio anual 2008.
Código de ayuda:
S10719/08Norma:
Municipio de Murcia.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/03/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas subvenciones tendrán como finalidad promover actividades sociales de interés general que propicienla participación juvenil, estimular el funcionamiento de asociaciones y colectivos de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas, de tiempo libre y de voluntariado que fomenten la participación cívica y ciudadana de los jóvenes, tanto en el marco de sus propias asociaciones como en la vida social activa, dando desarrollo a lo dispuesto sobre medidas de fomento en el art. 31 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, así como lo previsto en el art. 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el art. 21 de la Ley
5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia.
Se concederán subvenciones en la modalidad única de Programas Anuales de Actividades. Tendrán esta consideración los que engloben las actividades a realizar por la entidad durante el año, siempre que vayan destinadas a la población del municipio con edades comprendidas entre los 8 y los 35 años.
Las entidades que no sean específicamente juveniles tan sólo podrán presentar solicitud de subvención para aquellas actividades que vayan dirigidas a este sector de población con las edades antes indicadas.
Cada entidad podrá únicamente presentar una solicitud de subvención a la Concejalía de Juventud y Empleo del Ayuntamiento de Murcia durante el ejercicio anual de 2008.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Ayuntamiento de Murcia (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar subvención, sobre la base de esta normativa:a) Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro específicamente juveniles. Tendrán esta consideración las constituidas por socios entre 14 y 29 años, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril.
b) Otras entidades y/o asociaciones no específicamente juveniles que, careciendo de interés lucrativo, desarrollen programas y actividades dirigidas al fomento de la participación de los jóvenes y con manifiesto protagonismo juvenil en su elaboración y desarrollo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención los siguientes tipos de actividades a realizar durante el ejercicio anual 2008 y destinadas a la población juvenil del municipio de Murcia:a) Las destinadas al fomento de la participación y del asociacionismo juvenil.
b) Programas de animación sociocultural.
c) Actividades de ocio y tiempo libre.
d) Actividades relacionadas con la cultura y la creatividad juvenil.
e) Acciones de formación y asesoramiento en actividades, funcionamiento y gestión de asociaciones juveniles.
f) Actuaciones dirigidas al fomento del voluntariado de interés general.
g) Y, en general, todos aquellos proyectos que se encuentren dentro del ámbito de actuación del Servicio de Juventud de la Concejalía de Juventud y Empleo.
Documentos asociados
Boletín:
16/02/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 40
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 40
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento