Subvenciones para el fomento del asociacionismo y la participación ciudadana.
Código de ayuda:
S02491/04Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/02/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, lo que contribuirá el tejido social y por tanto promocionando así la calidad de vida y el bienestar social de los vecinos.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Formación
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No podrá superar el 100% del presupuesto de la actividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Federaciones, Confederaciones, o Uniones de Asociaciones de Base, que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y declaradas de utilidad pública municipal.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los siguientes tipos de Proyectos realizados durante 2003:- Proyectos relativos a la instalación de nuevas tecnologías que permitan el fomento de la participación en red tanto de la entidad como de la ciudadanía.
- Proyectos de formación que permitan una mayor cualificación del movimiento asociativo.
- Proyectos de fomento de la participación vecinal y especialización del personal técnico de las entidades ciudadanas, que faciliten la participación ciudadana a través de nuevas vías de participación.
- Proyectos de inversiones o gastos relativos al mantenimiento de las instalaciones necesarias para el desarrollo de las actividades de la entidad, y cobertura de los gastos corrientes necesarios para el desarrollo de las actividades propias de la entidad.
Requisitos:
- Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento de Madrid como Federaciones, Confederaciones, Uniones o cualesquiera otra fórmula de integración de las asociaciones de base, que con domicilio social en el término municipal de Madrid y ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, cuenten con entes afiliados en dicho Municipio, y realicen actividades que repercutan en beneficio de los vecinos de Madrid.- Que posean la declaración de utilidad pública conforme a lo establecido en las Normas de Participación Ciudadana.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas, requisito que se acreditará a petición de esta Concejalía por el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid.
Documentos asociados
Boletín:
29/01/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5584
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5584
Documento: Convocatoria Descargar Documento