Subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S46737/22

Norma:

ORDEN de 12 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de agosto de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y de las condiciones por las cuales se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones que, bajo la rúbrica general de programas de cooperación institucionales, están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades sin
ánimo de lucro señaladas en el artículo 3, a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctimas de violencia de género desempleadas para la realización de servicios de interés general y social (código de procedimiento TR352A), al objeto de proporcionarles la experiencia y la práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de estas ayudas se destinan ocho millones quinientos mil euros (8.500.000,00 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones previstas en la presente orden las entidades sin ánimo de lucro que, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, estén inscritas en la categoría de iniciativa social del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS), cuya actividad principal esté dirigida a desarrollar o fomentar acciones específicas para la inserción de las personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, servicios comunitarios, igualdad, mayores, familia, infancia, menores o mujeres, de conformidad con las áreas de actuación recogidas en el RUEPSS
(comunidad, dependencia, discapacidad, inclusión, mayores, familia, infancia, menores e igualdad), siempre que no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los contratos subvencionables cubrirán los gastos salariales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras contratadas.

Requisitos:

Las entidades deberán disponer de un centro de trabajo, entendiendo por tal una oficina o delegación permanente que pueda ser habilitada al efecto, en la Comunidad Autónoma de Galicia, distinta de la sede social de la entidad cuando coincida con el domicilio de las personas físicas que dirigen la entidad, en propiedad, arrendada o cedida formalmente a esta.

Documentos asociados

Boletín: 21/07/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 139
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/07/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 139
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento