Subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S36000/16Norma:
DECRETO 146/2016, de 6 de septiembre. Orden de 6 de octubre de 2016.Plazo de Solicitud:
Programa I y II: 2 meses desde el inicio de la última contratación; Programa II: 2 meses realización de la contratación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto convocar ayudas destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social dentro de las empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como ayudas a las empresas ordinarias que contraten personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción.Categorías Subvención
Empleo
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
— Programa I:a) Para las contrataciones iniciales la cuantía de la ayuda será de 10.000,00 € por contrato.
b) Para las prórrogas la cuantía de la subvención será de 6.000,00 € por contrato.
— Programa II:
La cuantía de la ayuda será de 6.000,00 € por contratación realizada
— Programa III:
La cuantía de la ayuda por la contratación inicial y por el mantenimiento del personal técnico realizada será proporcional al número de puestos de trabajo incluidos en el proyecto presentado y creados con cargo al Programa I, a razón de 2.000,00 € por cada puesto de trabajo a jornada completa, reduciéndose proporcionalmente según la jornada de cada uno de esos puestos, hasta un máximo de 20.000,00 € por cada técnico contratado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en los Programas I y III, las sociedades mercantiles o sociedades cooperativas legalmente constituidas que hayan obtenido su calificación provisional o definitiva e inscripción como empresas de inserción en el Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que no se encuentren incursas en alguna causa de descalificación.Aquellas empresas a las cuales se haya incoado un procedimiento de descalificación podrán solicitar las ayudas, pero en estos supuestos el procedimiento de concesión de la ayuda quedará suspendido y a expensas del resultado del procedimiento de descalificación. La suspensión del procedimiento deberá comunicarse a los interesados, y el plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses.
En el supuesto de que la empresa beneficiaria perdiera la condición de Empresa de Inserción y fuera descalificada como tal, por incumplimiento de las obligaciones establecidas para obtener la calificación definitiva o por incurrir en cualquiera de las causas establecidas en el artículo 8 del Decreto 78/2010, de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la calificación de las empresas de inserción laboral y la creación del Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
modificado por Decreto 1/2012, de 13 de enero, perderá el derecho a ser beneficiaria de las ayudas establecidas en este decreto a partir de la fecha de la resolución en que se declare esta situación.
2. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en el Programa II, las empresas, personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen contrataciones de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción.
También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de los mismos trabajadores/as.
Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada persona miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. En cualquier caso, deberá nombrarse un/a representante o apoderado/a único/a de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se articulan los siguientes programas de subvenciones, destinados a facilitar y fomentar la integración laboral de personas en situación de exclusión social en empresas de inserción:— Programa I: Ayudas a la contratación inicial y mantenimiento de los contratos de personas en situación de exclusión social por empresas de inserción.
— Programa II: Ayudas a la inserción en el mercado laboral ordinario, de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción.
— Programa III: Ayudas a la contratación inicial y mantenimiento de los contratos de personal experto en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción dirigidas a empresas de inserción.
Requisitos:
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:1. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acreditarán mediante la presentación del Anexo V establecido a tal efecto.
2. Que la persona trabajadora que ocupe el puesto de trabajo subvencionado desarrolle su actividad en un centro de trabajo ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
15/09/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 178
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
21/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
21/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto): Programa I y III Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto): Programa I y III Descargar Documento
Boletín:
21/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto): Programa II Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto): Programa II Descargar Documento