Subvenciones para el fomento del empleo en el medio rural (Aprol rural) y se procede a su convocatoria para el ejercicio del año 2025 (código de procedimiento TR351G).
Código de ayuda:
S05673/25Norma:
ORDEN de 5 de marzo de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones que están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades locales de Galicia de menos de 50.000 habitantes, a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas, con el objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral (código de procedimiento TR351G).Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Desarrollo Rural
Empleo
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta resolución los ayuntamientos que cuenten con una población inferior a 50.000 habitantes, según las cifras oficiales del padrón municipal de habitantes del año 2024 publicadas por el Instituto Gallego de Estadística, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos; las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia; los consorcios locales de Galicia constituidos exclusivamente por ayuntamientos, y también pueden ser beneficiarias las entidades resultantes de una fusión municipal. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las diputaciones provinciales.Requisitos:
a) Que sean ejecutados por las entidades locales en régimen de administración directa o por los organismos, entes o empresa públicas a quienes se encomiende su ejecución.b) Que, en su ejecución o prestación, se favorezca la formación y la práctica profesional de las personas desempleadas.
c) Que la entidad local disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas para la realización de las obras o servicios.
d) Que la duración de los contratos de las personas desempleadas que desarrollen la prestación de los servicios sea igual o superior a nueve meses.
e) Que las contrataciones sean para jornada a tiempo completo.
f) Las contrataciones que se realicen no podrán tener por objeto cubrir puestos de trabajo vacantes en la relación de puestos de trabajo de la entidad beneficiar.
Documentos asociados
Boletín:
13/03/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
13/03/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento